Pablo Emilio Obando A.

La desinformación como arma política y electoral

De acuerdo a decreto expedido por Mininterior se designa una alcaldesa ad hoc exclusivamente «para adelantar la vigilancia y control…. respecto de los protocolos de bioseguridad que se deben implementar en el marco de la entrega de formularios». Nada más.

Así se expresa en el Artículo 1 No. 235 de febrero 17 de 2022:

*Artículo 1. Designación alcaldesa ad hoc de San Juan de Pasto. Designar como alcaldesa ad hoc del municipio de San Juan de Pasto, Nariño, a la doctora María Paulina Patiño Giraldo, identificada con la cédula de ciudadanía número 42.827.597, quien se desempeña en el cargo de asesor código 1020, grado 15 del despacho del ministro del Interior, para adelantar la vigilancia y control dispuesto por el Gobierno nacional mediante Decreto 539 de 2020, respecto del cumplimiento de los protocolos de bioseguridad que se deben implementar en el marco de la entrega de formularios y recolección de apoyos ciudadanos requeridos en el proceso de revocatoria de mandato que cursa en contra del señor German Chamorro De La Rosa, alcalde del referido ente territorial, de conformidad con la parte motiva del presente decreto. *

 

«Se debe leer este decreto con serenidad y tranquilidad para entender su contenido. No podemos permitir manipulaciones de quienes dicen defender la verdad y actúan con felonía y engaños».

 

En ningún momento se lo sanciona, se lo destituye, se lo reconviene y mucho menos se lo retira del cargo. Continúa el doctor Germán Chamorro de La Rosa en pleno y completo ejercicio de sus funciones como alcalde municipal de Pasto.

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El término ad hoc es para los protocolos de bioseguridad cuando se inicia la recolección de firmas. Es un procedimiento normal y no altera en absoluto las funciones del alcalde titular.

En consecuencia, sin mentiras y falsedades como las expuestas en redes sociales en las cuales se da a entender que el doctor Germán Chamorro De La Rosa ha sido retirado de su cargo, se puede decir que muchos pretenden sacar réditos electorales de esta situación. Mal hacen sus enemigos en pervertir la realidad de los hechos para pretender sacar ventajas y provecho.

Se debe leer este decreto con serenidad y tranquilidad para entender su contenido. No podemos permitir manipulaciones y engaños de quienes dicen defender la verdad y actúan con felonía y engaños.

Por otra parte, y gracias a la acuciosa lectura y observación del historiador Enrique Herrera Enríquez: «respecto al decreto encargando alcalde ad hoc no tiene vigencia por cuanto Germán Chamorro es alcalde en ejercicio del municipio de Pasto; el tal municipio San Juan de Pasto no existe menos el alcalde de San Juan de Pasto».

Por: Pablo Emilio Obando A.