Gobierno pierde otra batalla jurídica: Corte elimina tributo extraordinario a energéticas

La crisis fiscal del Gobierno nacional recibió un nuevo revés este martes luego de que la Corte Constitucional declarara inexequible el decreto que creó impuestos extraordinarios para las empresas generadoras de energía durante la emergencia económica decretada por el presidente Gustavo Petro. La decisión no solo elimina el cobro, sino que además obliga al Estado a devolver o compensar los recursos que ya se hubieran recaudado.

El alto tribunal tumbó el Decreto Legislativo 44 de 2026, expedido en enero en el marco de la segunda emergencia económica promovida por el Ejecutivo para enfrentar la crisis financiera del sistema energético y el rescate de empresas intervenidas como Air-e. La Sala Plena tomó la decisión de forma unánime, con votación 8-0, al considerar que el Gobierno utilizó facultades extraordinarias sin que existieran hechos sobrevinientes que justificaran la declaratoria de emergencia.

La norma anulada establecía dos mecanismos de recaudo dirigidos al sector eléctrico. El primero consistía en una contribución parafiscal equivalente al 2,5 % sobre las utilidades de las empresas generadoras de energía. El segundo imponía un aporte del 12 % en energía para las hidroeléctricas que comercializan electricidad en bolsa. Según el Gobierno, esos recursos serían utilizados para estabilizar financieramente el sistema energético nacional y cubrir parte de las obligaciones derivadas de la intervención estatal sobre Air-e, empresa que arrastra millonarias deudas con el mercado eléctrico colombiano.

Sin embargo, la Corte concluyó que el decreto dependía directamente de una emergencia económica que previamente ya había sido cuestionada por el mismo tribunal. Los magistrados consideraron que el rechazo del Congreso a iniciativas tributarias del Gobierno no constituye un hecho excepcional ni imprevisible que habilite el uso de poderes extraordinarios. En otras palabras, la Corte sostuvo que el Ejecutivo no podía reemplazar el trámite legislativo ordinario mediante decretos de emergencia para crear nuevos impuestos.

Uno de los puntos más sensibles del fallo tiene que ver con la devolución de recursos. La Corte ordenó que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) deberá realizar la devolución o compensación de los dineros recaudados bajo el decreto anulado. El plazo máximo establecido para ese proceso es de seis meses.

Aunque el Gobierno ha insistido en que buena parte de esos cobros todavía no se habían hecho efectivos, diferentes reportes indican que ya existían resoluciones y procedimientos administrativos preparados para ejecutar el recaudo. Incluso, algunos cálculos preliminares señalaban que el Estado esperaba recaudar cerca de 300.000 millones de pesos mediante este mecanismo extraordinario.

La decisión representa otro duro golpe para la estrategia económica del Ejecutivo. En abril, la Corte Constitucional ya había tumbado la emergencia económica decretada a finales de 2025, decisión que dejó en el limbo varios impuestos temporales creados para enfrentar el déficit fiscal del país. Entre ellos figuraban aumentos en IVA para algunos productos, cargas tributarias extraordinarias y beneficios fiscales que posteriormente también fueron revisados por el alto tribunal.

Con este nuevo fallo, crece la presión sobre las finanzas públicas. Expertos han advertido que el Gobierno enfrenta un déficit presupuestal de varios billones de pesos y que la caída de estos mecanismos extraordinarios complica aún más el panorama fiscal para el segundo semestre del año. El Ejecutivo ha defendido que las medidas buscaban evitar una crisis mayor en el sector energético y proteger el servicio en regiones afectadas por problemas financieros de las comercializadoras.

Tras conocerse la decisión, el presidente Gustavo Petro cuestionó el fallo y aseguró que muchas de las medidas suspendidas no alcanzaron a generar recaudo efectivo. El mandatario también reiteró que el país necesita nuevas fuentes de financiación para sostener programas sociales y evitar que la carga tributaria recaiga únicamente sobre los trabajadores y consumidores.

La caída del impuesto a las generadoras de energía se suma así a la lista de decretos anulados por la Corte Constitucional en medio de la controversia por el alcance de las emergencias económicas decretadas por el Gobierno. Mientras tanto, el Ejecutivo deberá replantear parte de su estrategia tributaria y buscar nuevamente respaldo político en el Congreso para financiar el creciente déficit fiscal y las obligaciones pendientes del sector energético colombiano.

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