El presidente de la República de Colombia evoluciona y fortalece en Sisbén en Colombia. El mandatario nacional anunció que ante dicha determinación, se ampliará el plazo de transición hacia el Registro Universal de Ingresos RUI que fue planteado por Petro a pocas semanas de terminar su periodo.
Frente a la continuidad del Sisbén, Planeación Nacional afirmó ante la comunidad y ante las entidades territoriales que, mediante el Decreto 662 del 26 de junio de 2026, el Gobierno Nacional amplió el período de transición hacia el Registro Universal de Ingresos (RUI), con el fin de terminar de forma ordenada los procesos técnicos, operativos e institucionales necesarios para su implementación en todo el país.
Con esta medida queda claro que el RUI no entrará a operar como único instrumento de focalización el mes de julio, como se llegó a anunciar en versiones preliminares. La nueva fecha establecida por el decreto es el 1 de agosto de 2026, y para quienes ya estén identificados por el Sisbén antes del 31 de julio, el proceso de transición se extiende, en todo caso, hasta el 31 de octubre del presente año.
La directora de Planeación Nacional, Natalia Irene Molina, señaló: “Quiero ser enfática: el Sisbén no desaparece, evoluciona. Toda la información que las familias colombianas ya entregaron sigue siendo válida y necesaria. Lo que hace el RUI es fortalecer esa base con registros administrativos del Estado, para que ningún hogar que de verdad lo necesite se quede sin la posibilidad de acceder a un subsidio”
Medidas del Decreto
Nueva fecha de entrada en operación: Las entidades públicas y los particulares que ejercen funciones públicas transitarán al RUI como instrumento de focalización a partir del 1 de agosto de 2026, y no del 1 de julio, como se había difundido inicialmente.
Plazo de transitoriedad hasta el 31 de octubre de 2026: Para los beneficiarios y potenciales beneficiarios que al 31 de julio de 2026 ya estén identificados o focalizados a través del Sisbén, el proceso de transición hacia el RUI se surtirá, en todo caso, hasta el 31 de octubre de 2026.
Hoja de ruta obligatoria para cada entidad: Las entidades responsables de programas, subsidios y servicios sociales deberán adoptar y publicar un acto administrativo con su propio esquema de transición, cronograma, actividades operativas y mecanismos de atención al ciudadano.
Pedagogía ciudadana permanente: Durante todo el período de transición, y hasta el 31 de octubre de 2026, las entidades deben ejecutar estrategias de divulgación e información dirigidas a los beneficiarios, potenciales beneficiarios y comunidad en general.
Acompañamiento técnico de Planeación Nacional: El DNP continuará brindando asistencia técnica a las entidades ejecutoras para la caracterización de su población objetivo y la fijación de criterios de entrada, permanencia y salida de sus programas.




