La Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres) anunció que ya están habilitados los mecanismos para que las personas afectadas por el terremoto ocurrido el 10 de agosto de 2026 puedan acceder a determinados recursos destinados a atender las consecuencias de la emergencia. La entidad explicó que existen diferentes tipos de reconocimientos económicos y de cobertura relacionados con la atención de las víctimas.
El primer mecanismo está relacionado con la atención en salud. En estos casos, la Adres administra y gira los recursos correspondientes a los servicios médicos que hayan sido prestados a las personas afectadas durante la emergencia. Entre los servicios que pueden ser reconocidos se encuentran las atenciones de urgencias, cirugías, hospitalizaciones, procedimientos de rehabilitación y traslados asistenciales.
Las Instituciones Prestadoras de Salud (IPS) son las encargadas de presentar las reclamaciones correspondientes por los servicios que hayan prestado. Una vez que la Adres recibe las facturas y documentos necesarios, realiza una revisión médica, jurídica y financiera. Este proceso tiene como objetivo comprobar que los servicios reclamados realmente cumplan con los requisitos establecidos por la normativa. Después de esta revisión, la entidad puede autorizar los pagos correspondientes. Los recursos pueden ser girados a través de las EPS o, cuando las condiciones lo permitan, directamente a las instituciones de salud que atendieron a las personas afectadas.
El segundo mecanismo establecido por la Adres está relacionado con indemnizaciones por incapacidad permanente, gastos funerarios e indemnizaciones asociadas a personas fallecidas como consecuencia del terremoto. Esto significa que las personas que hayan sufrido una afectación que les produzca una incapacidad permanente pueden acceder a un reconocimiento, siempre que logren demostrar que dicha afectación fue causada directamente por el desastre.
En el caso de las víctimas mortales, también pueden reconocerse los gastos funerarios y las indemnizaciones que estén contempladas dentro de la normativa. Sin embargo, para acceder a estos recursos es necesario cumplir con una serie de requisitos y presentar los documentos que demuestren la relación directa entre el terremoto y la afectación sufrida.
Uno de los documentos importantes para este proceso son las certificaciones expedidas por las autoridades competentes de gestión del riesgo. La Adres explicó que la certificación correspondiente debe ser emitida por el Consejo Municipal o Distrital de Gestión del Riesgo de Desastres, según las disposiciones vigentes. Además, dependiendo del tipo de reclamación, los solicitantes deberán entregar documentos adicionales que permitan comprobar su situación y determinar si cumplen las condiciones para recibir el reconocimiento.
Un aspecto especialmente importante aclarado por la Adres es que estos recursos no corresponden a indemnizaciones por daños materiales. Por lo tanto, las personas que hayan sufrido daños en sus casas, edificios, negocios, establecimientos comerciales u otro tipo de infraestructura física no podrán utilizar este mecanismo de la Adres para recibir una compensación por esos daños. El alcance de los recursos está limitado principalmente a servicios de salud, incapacidades permanentes y gastos funerarios e indemnizaciones relacionadas con las víctimas, de acuerdo con las condiciones establecidas.
Debido a la emergencia ocasionada por el terremoto, la Adres también informó que puso a disposición de los ciudadanos sus canales de atención para recibir las reclamaciones de las personas naturales afectadas y brindar orientación sobre el procedimiento. Los interesados deben consultar previamente cuáles son los requisitos, documentos y pasos necesarios para cada tipo de reclamación, ya que estos pueden variar dependiendo de si se trata de gastos médicos, incapacidad permanente, gastos funerarios u otro reconocimiento contemplado por la normativa.
Para resolver dudas sobre el proceso, la entidad habilitó los correos electrónicos correspondencia1@adres.gov.co y correspondencia2@adres.gov.co, mediante los cuales los ciudadanos pueden solicitar información y orientación sobre las reclamaciones.
En conclusión, la información de la Adres busca aclarar que las víctimas del terremoto del 10 de agosto de 2026 cuentan con mecanismos para solicitar determinados reconocimientos relacionados con la emergencia. Estos mecanismos están enfocados principalmente en garantizar el pago de servicios de salud prestados durante la emergencia y reconocer determinadas indemnizaciones por incapacidad permanente, fallecimientos y gastos funerarios. Sin embargo, los daños materiales en viviendas, edificios o negocios no están incluidos dentro de estas indemnizaciones. Para acceder a los recursos, es fundamental demostrar que la afectación está directamente relacionada con el terremoto y presentar las certificaciones y documentos exigidos por las autoridades correspondientes. La Adres, por su parte, realizará las verificaciones necesarias antes de autorizar los pagos y aseguró que busca efectuar oportunamente los giros de los recursos que sean reconocidos.


