El Consejo de Estado dejó en firme la nulidad del decreto mediante el cual el Gobierno del presidente Gustavo Petro designó a la primera dama, Verónica Alcocer, como embajadora en misión especial ante la Santa Sede para asistir a una audiencia con el papa Francisco. La determinación confirma el fallo emitido previamente por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca y cierra uno de los procesos judiciales más controvertidos relacionados con las funciones que ejerció la primera dama durante el actual gobierno.
La decisión revive el debate sobre los límites constitucionales para que familiares del presidente ejerzan funciones públicas, incluso cuando se trate de comisiones temporales o representaciones diplomáticas especiales.
¿Qué decidió el Consejo de Estado?
El alto tribunal confirmó la sentencia que anuló el Decreto 0035 de 2023, expedido por el Gobierno nacional para nombrar a Verónica Alcocer como embajadora en misión especial durante su desplazamiento al Vaticano.
En el expediente judicial quedó registrada la anotación «confirma declaratoria de nulidad», lo que significa que la decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca quedó definitivamente en firme. Al momento de conocerse la información, aún no se habían publicado todos los argumentos de la sentencia definitiva de la Sección Quinta del Consejo de Estado.
¿Por qué fue declarado nulo el nombramiento?
El fundamento jurídico principal gira alrededor del artículo 126 de la Constitución Política de Colombia.
La norma establece que los servidores públicos no pueden nombrar a personas con quienes tengan vínculo matrimonial o unión permanente, entre otros grados de parentesco establecidos por la Constitución.
Según el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, el presidente Gustavo Petro vulneró esa disposición al expedir el decreto que designó oficialmente a su esposa como embajadora en misión especial.
El abogado Harold Sua, quien promovió la demanda, sostuvo que el nombramiento contrariaba expresamente la prohibición constitucional, argumento que terminó siendo acogido por la jurisdicción contencioso administrativa.
El viaje al Vaticano que originó la controversia
El decreto permitió que Verónica Alcocer representara oficialmente al Estado colombiano durante una audiencia privada con el papa Francisco en enero de 2023.
Aunque desde la Casa de Nariño se explicó que la primera dama desarrollaba labores protocolarias y de representación internacional, diversos sectores cuestionaron que dichas funciones estuvieran respaldadas mediante un nombramiento oficial expedido por el presidente de la República.
La controversia aumentó porque no era la primera ocasión en la que Alcocer representaba a Colombia en eventos internacionales.
Entre los compromisos en los que participó durante el inicio del Gobierno Petro figuran:
- El funeral de la reina Isabel II.
- La Asamblea General de las Naciones Unidas.
- El funeral del ex primer ministro japonés Shinzo Abe.
- La audiencia con el papa Francisco en el Vaticano.
El análisis del Tribunal Administrativo
En la sentencia de primera instancia, el Tribunal sostuvo que el nombramiento vulneraba directamente la Constitución debido al vínculo matrimonial existente entre la primera dama y el presidente.
Adicionalmente, los magistrados cuestionaron la amplitud de las funciones asignadas a Verónica Alcocer.
El fallo advirtió que expresiones contenidas en la normativa, como permitir que desarrollara las actividades que «estime conveniente», resultaban demasiado generales y contrariaban el principio de legalidad que debe regir el ejercicio de funciones públicas por parte de particulares.
¿Qué relación tiene este proceso con la Lista Clinton?
El caso volvió a adquirir notoriedad pública debido a que se produce en medio de las consecuencias políticas y administrativas derivadas de la inclusión del presidente Gustavo Petro en la denominada Lista Clinton de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) de Estados Unidos.
Esa situación ha generado un escrutinio adicional sobre decisiones adoptadas durante el actual Gobierno y sobre la representación internacional del Estado colombiano. Sin embargo, es importante precisar que la nulidad del nombramiento de Verónica Alcocer no fue consecuencia de la Lista Clinton, sino de un proceso judicial independiente basado exclusivamente en presuntas violaciones a la Constitución colombiana. La referencia responde al contexto político en el que hoy se conoce la decisión definitiva.
¿Qué efectos tiene la decisión?
Al quedar ejecutoriada la sentencia:
- Se confirma la nulidad del nombramiento como embajadora en misión especial.
- El decreto pierde definitivamente sus efectos jurídicos.
- Se consolida un precedente sobre la aplicación del artículo 126 de la Constitución frente a nombramientos de familiares del presidente.
- La decisión puede servir como referencia para futuros procesos relacionados con designaciones similares dentro de la administración pública.
Un fallo con impacto político
Aunque la decisión tiene naturaleza estrictamente jurídica, su impacto trasciende los tribunales.
Desde que fue conocido el decreto en 2023, la oposición sostuvo que el Gobierno había otorgado funciones oficiales a la primera dama desconociendo los límites constitucionales.
Por su parte, el Ejecutivo defendió en diferentes momentos que Verónica Alcocer cumplía labores de representación institucional propias de la agenda presidencial.
Con la decisión definitiva del Consejo de Estado, el debate jurídico queda cerrado, aunque las implicaciones políticas continúan alimentando la discusión sobre el papel institucional de la primera dama y el alcance de sus funciones dentro del Estado colombiano.




