Una generación en riesgo: el impacto financiero y laboral de cuidar a padres e hijos al tiempo

Aunque la ley establece deberes de cuidado hacia los padres, el cuidado afectivo trasciende el ámbito legislativo.

El cuidado de los padres en la vejez suele ser un punto de discusión para los hijos en algún momento. Por ahora la ley tiene una injerencia importante en garantizar la estabilidad de ellos. El artículo 411 del Código Civil declara la obligación de los hijos a sostener a sus padres ante situaciones reales de carencia para subsistir.

No obstante, en esta labor de cuidado se ven implicados muchos más factores sociales y emocionales a tener en cuenta, pues hay un impacto real en la inversión de roles. Así lo explica Joaquín Mateu Mollá, director de la Maestría en Gerontología y Atención Centrada en la Persona de la Universidad Internacional de Valencia – VIU, perteneciente a la red de educación superior Planeta Formación y Universidades.

“El principal impacto está relacionado con la inversión de los roles que supuestamente cada una de las partes debería asumir (un fenómeno que en Psicología se conoce como ‘disonancia de rol’)”, explica. “No es infrecuente que en algún momento del camino aquellos que fueron cuidados deban pasar a cuidar, lo que requiere un desafío al modo en que hasta ese momento se había construido el vínculo”.

Según analiza Joaquín Mateu, al imponerse la obligatoriedad del cuidado bajo normativas, la transición de roles puede vivirse de manera abrupta, detonando resentimientos y sentimientos de culpa que contaminan las dinámicas familiares.

Y la situación puede complicarse más cuando recae sobre una nueva generación de adultos que deberán hacerse cargo de sus padres a la vez que se encargan de la crianza de su propia descendencia, haciéndolos enfrentar una severa sobrecarga que compite con sus exigencias laborales, económicas y sociales.

“El cuidado de los hijos a los padres ha de surgir de manera espontánea y sustentarse en la voluntad de cuidar y ser cuidados”, agrega el experto de VIU. “Legislar sobre los afectos supone aplicar una lógica normativa a asuntos cuyo calado es esencialmente emocional. Así pues, necesita de un enfoque muy sensible para alcanzar el objetivo que persigue: minimizar situaciones de abandono o desprotección extrema”.

Teniendo en cuenta, además, que América Latina está presenciando un envejecimiento acelerado, el cuidado de los padres no puede resolverse únicamente trasladando la responsabilidad al ámbito privado. La ausencia de un sistema nacional de cuidados sólido y con financiación pública, servicios profesionales y apoyo comunitario propicia la precarización y las fricciones dentro de los hogares, evidenciando la necesidad de políticas públicas complementarias que incorporen medidas de conciliación laboral, redes de teleasistencia, subsidios directos y viviendas accesibles.

Legislar sobre el afecto y sobre las relaciones le permite al Estado externalizar sus responsabilidades respecto a la población. Debe haber un sistema nacional de cuidados sólido y que pueda cubrir a todos. La imposición sin responsabilidad estatal es lo que alimenta las fricciones y la precarización en las familias.

“Los distintos países deben velar (tanto en América Latina como en todos los demás lugares del mundo) por un sistema mixto que nos permita afrontar los cambios demográficos que se avecinan (incremento del número de personas mayores en nuestras sociedades)” indica el vocero de la universidad. “Además, debe apoyarse en tres pilares como son la financiación pública, los servicios profesionales y el apoyo comunitario. Estas tres realidades deben armonizarse a través de una legislación consciente y responsable”.

Para lograr superar este desafío se necesita estructurar modelos de corresponsabilidad social e intergeneracional que optimicen los recursos estatales al tiempo que integran de forma armónica a las familias y, con ello, las soluciones normativas ante el reto demográfico podrán avanzar hacia un horizonte de envejecimiento sostenible y con auténtica justicia para todas las partes involucradas.

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