Después de dos años intensos de bregar por la tranquilidad social en el barrio “Las Cuadras” de Pasto, en una valiente y fundamentada decisión de la jueza del Juzgado Noveno Administrativo del Circuito de Pasto, Andrea Melissa Andrade Ruiz, se aceptó la Acción Popular y derechos colectivos de la comunidad.
Como se conoce, en dicha zona pululan los bares, discotecas, ruido ensordecedor, drogadicción, orinales en la calle, delincuencia, amenazas a los moradores, estacionamiento prohibido, autos manejados por conductores alcoholizados, con su desarrollo hasta altas horas de la madrugada y desde el lunes hasta el domingo de cada semana.
Lo anterior ha implicado el deterioro de miles de personas por la imposibilidad de dormir normalmente, afectando el trabajo y la vida de bebés, niños de corta edad, en conjunto con adultos mayores y clases medias, además de arriesgar la seguridad de las familias que residen en dicho sector.
La Acción Popular no ha sido realizada contra nadie en particular, sino hacia la Alcaldía que desde hace tres años ha recibido innumerables quejas sin actuar correctamente.
El fallo es histórico porque sirve a todos los barrios del país para protegerse de quienes infrinjan la ley y de administraciones inoperantes. Asimismo, ordena al alcalde presentar un informe en tres meses, más allá de operativos ineficientes, con resultado comprobado, otorgando a la policía un mes para instruir a sus miembros sobre el Código de Policía y a las autoridades para capacitar a los dueños de establecimientos como cumplir reglas de insonorización, parqueo, baños y licencias de uso que no han sido otorgadas.
Es fundamental la exigencia de realizar un POT (Plan de Ordenamiento Territorial) en nueve meses con el fin de determinar acertadamente las zonas residenciales separadas de las comerciales que afecten la tranquilidad social. También formar un comité veedor que impulse la realización concreta de estas medidas legales.
Cabe ahora a los Medios de Comunicación locales extender esta información a la sociedad por su trascendencia, siendo así verdaderamente la voz del pueblo sin voz.

