El Consejo de Estado admitió la acción de tutela interpuesta por el alcalde de Tunja, Mikhail Krasnov, tras el fallo de segunda instancia que anuló su elección. No obstante, en la misma decisión negó la solicitud de medida provisional con la que el mandatario buscaba suspender los efectos de dicha sentencia mientras se resuelve de fondo el recurso constitucional.
De acuerdo con el auto fechado el 11 de marzo de 2026, con ponencia del magistrado Jorge Iván Duque Gutiérrez, el alto tribunal concluyó que no se cumplen los requisitos exigidos para decretar la suspensión inmediata del fallo, al no evidenciarse un perjuicio irremediable que justifique esa intervención urgente.
En el trámite fue vinculado como tercero interesado David Alejandro Ávila Celi, quien promovió la demanda de nulidad electoral. En su intervención, Ávila sostuvo que no hubo vulneración al debido proceso ni a derechos fundamentales, y advirtió que la tutela no puede utilizarse como una instancia adicional para controvertir decisiones ya adoptadas. Según indicó, el proceso se surtió conforme a la ley tanto en el Tribunal Administrativo de Boyacá como en el propio Consejo de Estado.
Actualmente, la tutela se encuentra en etapa de análisis de fondo, sin una decisión definitiva. Mientras tanto, el fallo de nulidad electoral continúa vigente y produce efectos jurídicos. El caso queda ahora en manos del despacho del magistrado ponente, que deberá determinar si concede o no el amparo solicitado por el alcalde, en medio de un escenario jurídico que mantiene en incertidumbre la estabilidad administrativa de Tunja.

