El salario mínimo en Colombia impacta directamente a millones de trabajadores y es definido considerando variables económicas y jurídicas. El proceso de concertación inicia en diciembre, con un plazo hasta el 30 de diciembre para llegar a un acuerdo entre gremios, sindicatos y el Gobierno. De no lograrse consenso, el aumento será decretado por el Ejecutivo.
Factores económicos que determinan el ajuste
Según la Ley 278 de 1996, el incremento del salario mínimo se basa en:
- Inflación (IPC): comportamiento del año en curso y proyección del siguiente.
- Crecimiento del PIB: resultados del año y previsiones futuras.
- Productividad: aportes al crecimiento económico.
- Contribución de los salarios al ingreso nacional.
Parámetros constitucionales
Según la Corte Constitucional (Sentencias C-815 de 1999 y C-531 de 2005), el salario mínimo debe garantizar:
- Remuneración vital y móvil: preservando el poder adquisitivo del trabajador.
- Protección constitucional del trabajo.
- Función social de la empresa.
- Dirección general de la economía a cargo del Estado.
Proyecciones para 2025
El ministro de Hacienda, Ricardo Bonilla, adelantó que el aumento no alcanzará los dos dígitos, previendo un incremento cercano al 6,2%, basado en una inflación estimada de 5,2% y un punto adicional de productividad. Bonilla destacó que esta cifra es coherente con la tradición colombiana de evitar caídas del salario en términos reales.
Expertos como Luis Fernando Mejía, director de Fedesarrollo, coinciden en que un ajuste cercano al 6% no solo garantizaría el poder adquisitivo, sino que evitaría comprometer la generación de empleo formal. Asimismo, Juan Pablo Herrera, decano de Economía de la Universidad Externado, subrayó que la reducción de las presiones inflacionarias en el país favorece un incremento moderado.
El anuncio definitivo deberá realizarse antes del 30 de diciembre, marcando un punto crucial para la economía de millones de familias colombianas.

