Red de Veedurías pidió a la Fiscalía indagar a AtlasIntel por posibles delitos en publicación de estudios de intención de voto

La Red de Veedurías de Colombia solicitó a la Fiscalía General de la Nación abrir una investigación penal contra la firma AtlasIntel S.A.S. y sus directivos por la presunta comisión de delitos electorales en la publicación y divulgación de sondeos sobre intención de voto durante la campaña presidencial de 2026. El presidente de la organización, Pablo Bustos Sánchez, afirmó que existen elementos para indagar si la presentación de estos estudios, calificados técnicamente como sondeos no probabilísticos, pudo incidir de manera indebida en el comportamiento electoral de los ciudadanos.

Según la denuncia presentada el 15 de mayo en Bogotá, la Red de Veedurías solicita que la Fiscalía determine si las actuaciones de AtlasIntel S.A.S., su representante legal, directivos, financiadores y colaboradores, configuran delitos como fraude al sufragante, corrupción de sufragante y perturbación del certamen democrático. Bustos argumentó que “la presentación de sondeos no probabilísticos como encuestas representativas podría constituir una maniobra engañosa idónea para incidir en el comportamiento electoral”.

La denuncia detalla que el régimen legal colombiano distingue entre encuestas y sondeos, prohibiendo de forma expresa la publicación de estos últimos cuando se refieren a intención de voto electoral. En ese contexto, la Red de Veedurías documentó que durante la campaña presidencial de 2026, AtlasIntel S.A.S. habría divulgado estudios sobre intención de voto, presentados ante la opinión pública como mediciones oficiales, “sin acreditarse un mecanismo de selección probabilístico que garantizara inclusión efectiva y verificable del universo declarado”, según consta en expedientes de la Comisión Técnica y de Vigilancia de Encuestas del Consejo Nacional Electoral (CNE).

El expediente CNE-E-DG-2026-000755 indicó que AtlasIntel S.A.S. publicó un estudio presentado como encuesta, “declarando como universo representado al electorado colombiano, sin acreditarse un mecanismo de selección probabilístico que garantizara inclusión efectiva y verificable del universo declarado”. El dictamen concluyó que dicho estudio correspondía metodológicamente a un sondeo y, por tanto, su divulgación violaba la Ley 2494 de 2025. En el expediente CNE-E-DG-2026-011140 la Comisión Técnica también señaló falta de diseño probabilístico y recomendó analizar la suspensión provisional del registro de la firma.

La Comisión Técnica del CNE advirtió sobre un patrón reiterado, al identificar tres expedientes consecutivos con hallazgos similares. “El hallazgo principal era reincidente y constituía el tercer expediente consecutivo con idéntico hallazgo determinante, luego de los expedientes CNE-E-DG-2026-000755 y CNE-E-DG-2026-011140. También señaló que la firma no habría modificado su metodología de captación”, expuso la denuncia. Según la Red de Veedurías, esto sugiere una conducta sistemática y no un error aislado.

La denuncia plantea que la presentación pública de estudios no probabilísticos como encuestas puede inducir a los ciudadanos a creer en una medición técnicamente representativa, cuando los informes técnicos del CNE muestran lo contrario. “Esta conducta podría constituir una maniobra engañosa orientada a incidir en la percepción ciudadana sobre la viabilidad electoral de determinadas candidaturas”, advirtió Bustos.

El documento enfatiza que “las encuestas electorales inciden en la percepción de quién puede ganar, el voto útil, la financiación de campañas, las alianzas políticas, la cobertura mediática y el comportamiento estratégico de los electores”. Por eso, si una firma divulga estudios sin los requisitos legales, el país puede verse expuesto a desinformación y a un favorecimiento artificial de la percepción de viabilidad de una candidatura.

La Red de Veedurías pidió a la Fiscalía determinar quién contrató y financió los estudios y qué relación existía entre la firma, los medios de comunicación y las campañas políticas. También solicita establecer si algún beneficiario obtuvo provecho electoral directo o indirecto, y si existió coordinación previa para la publicación de los resultados.

“La hipótesis penal no consiste en cuestionar una encuesta desfavorable ni en perseguir la publicación de estudios de opinión legítimos. La hipótesis consiste en determinar si se utilizó una metodología presuntamente no probabilística y no publicable para generar una apariencia de representatividad electoral, con capacidad de inducir a error al ciudadano”, explicó Bustos en la denuncia.

La organización exige que se recauden elementos materiales probatorios, se preserve la evidencia digital y se realicen entrevistas con los funcionarios de la Comisión Técnica del CNE. Además, solicita peritajes estadísticos independientes para verificar si los estudios podían presentarse como encuestas representativas.

Bajo juramento, Bustos manifestó que los hechos denunciados “son ciertos en cuanto me constan por los documentos públicos, informes técnicos, publicaciones y elementos allegados, y que aquellos que no me constan directamente son puestos en conocimiento de la Fiscalía para que sean verificados mediante investigación penal”.

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