Programa de Primera Infancia enfrenta a comunidad indígena del Sande y el Icbf

Aparecen en el marco del encuentro cumplido en Samaniego Carlos Meneses, Omar García, Aníbal Zambrano, Víctor Hugo Oviedo, Juvencio Rosero, Jimena Rodríguez, Harold Montufar, Manuel Cuaspa, Gabriel Nastacuas, Francisco Maya, Aurelio García, quienes son las autoridades mayores y consejeros del Resguardo Indígena Awá del Sande e integrantes del Comité de Consulta sentencia T397.

El Espacio Educativo para la Paz y el Buen Vivir Edupaz, de Samaniego (sede alterna y educativa acogida por el Resguardo Indígena Awá del Sande), fue el escenario en las últimas horas del encuentro entre una delegación de directivos del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Regional Nariño y el comité de 40 personas conformado por el Resguardo Indígena del Sande, entre autoridades, lideresas de la Consejería de Mujeres, exgobernadores, guardia indígena y autoridades mayores.

El objetivo de esta reunión fue el de continuar con las mesas de trabajo, en cumplimiento de lo ordenado por la Honorable Corte Constitucional, en la sentencia T 397 de 2018.

 

Proceso histórico

 

En efecto, es una sentencia del máximo tribunal de Justicia en Colombia, elaborado exclusivamente para consultarle a la comunidad indígena del Sande, sobre cómo implementar un programa de Primera Infancia a partir de establecer el plan étnicamente diferenciado, todo esto con base en la exigencia constitucional y tratados internacionales sobre respeto y exigencia de consulta previa (Ley 21 de 1991).

En ese sentido la comunidad indígena enfatizó en que es una de las escasas veces en Colombia y en la historia jurídica de Primera Infancia, que la institucionalidad, en este caso el Icbf, está obligado a consultarle a la comunidad del Sande, sobre las acciones a implementar en el programa infantil y respecto a salud, nutrición, etnoeducación, familia y mujer, medicina tradicional y otros temas significativos para la atención de menores de cinco años y sus familias.

Es de anotar según la afirmación de los indígenas, que el origen de la Sentencia T 397 de 2018 que ganó el Sande, es una larga lucha de desaires, violación de derechos y revictimización de una comunidad indígena a la que se le sigue negando sus derechos fundamentales.

 

Comienzo

 

Todo este proceso inició cuando las autoridades del Sande presentaron un derecho de petición al Icbf el cual no fue contestado satisfactoriamente, lo que obligó al Cabildo a interponer una acción de tutela que fue negada en primera instancia por el Juzgado Segundo de Samaniego.

Sin embargo, las autoridades del Sande llevaron a cabo acciones jurídicas para que la Corte revisara dicho pronunciamiento, teniendo a bien que los magistrados de la Constitucional revocaran la decisión del juez, ampararan los derechos vulnerados y obligara al Icbf a consultarle a la comunidad indígena Awá del Sande sobre el establecimiento de un plan étnicamente diferenciado.

Hoy el Sande y extensivo a los pueblos indígenas de Colombia, tienen la Sentencia T 397 de 2018 como instrumento de defensa de sus derechos fundamentales a consulta previa.

Sin embargo, luego de 4 años aún el Icbf no ha cumplido la obligación impartida por la Honorable Corte Constitucional, con el agravante que el alcance que le dan a la sentencia es solo cambiar algunos pequeños detalles de las modalidades de atención a los niños, más no desean establecer y consultar un verdadero plan étnicamente diferenciado.

 

 

TITULO (RECUADRO)

Rechazo a negativa

 

Ante esta negativa, que se ratificó en las mesas de trabajo del 13 de octubre, el Resguardo Indígena Awá del Sande, expresó que no existe voluntad del Icbf en realizar el Plan Étnico Diferenciado de acuerdo a lo que piensa y cree la comunidad indígena del Sande.

Al respecto señalan los indígenas que lo único que plantea el Icbf es analizar y preguntar sobre los componentes de la modalidad que hoy de manera inconsulta se ejecuta en el territorio.

Agregan que la falta de consulta sobre el programa actual (Dimf), ha llevado a detectar graves y profundas debilidades sobre el mismo; es concluyente las afirmaciones incluso del operador frente a la descontextualización del programa.

Agregaron que las posiciones frente al alcance de la sentencia T 397 de 2018 son diametralmente opuestas entre Icbf y el Sande, mientras la institución quiere mantener sus componentes y modalidad, el Sande quiere que se cumpla la sentencia realizando la consulta previa para establecer un plan étnicamente diferenciado.

 

Buscarán audiencia

 Por esta razón el Sande propone buscar por todos los medios posibles una audiencia en la Corte Constitucional para informar sobre la cadena de incumplimiento a la sentencia T 397 de 2018.

Es así como el Sande llama la atención a los juristas del país, universidades, estudiantes de derecho – derecho propio, ONG, líderes y lideresas a que se hagan mingas en defensa de la Sentencia T 397 de 2018 y se les hace invitación a que ayuden a fortalecer el proceso de Consulta Previa, ordenado por la Corte Constitucional.

 

Llamado extensivo

 

Se trata de un llamado que el Sande hizo extensivo la Defensoría del Pueblo, a la Procuraduría General de la Nación y al Ministerio del Interior al cumplimiento de lo ordenado por la Corte Constitucional en la sentencia T 397 de 2018 y a que se inicie de una vez por todas con la consulta previa en el Resguardo Indígena Awá del Sande.

Sobre el particular el Resguardo Indígena Awá del Sande por su cuenta, con sus propios recursos ha pagado transportes, alimentación, convocatorias para las únicas tres reuniones que se han realizado en 4 años, confirmando con esta acción el firme deseo y convicción de establecer el plan étnicamente diferenciado; pero también demostrando una falla protuberante del Icbf al no asignar los recursos para la realización de la consulta previa ordenada por la Sentencia T 397 de 2018.

Aquí claramente, señalan los representantes de los indígenas, la institucionalidad ha incumplido la directiva presidencial 01 de 2010, incluso al negar la propuesta presentada por el Sande el día 31 de agosto de 2021, al tiempo, que expresaron que la comunidad del Sande, en usos y costumbres, en cosmovisión propia de acuerdo al Allin Kawsay, el Wat Uzan, la Pachamama, el Katsa Su, seguirá gestionando que el Icbf cumpla con lo ordenado por la Corte Constitucional.

 

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