Muro de Nairo/foto: archivo particular.
El Juzgado Quinto Administrativo Oral de Tunja ordenó a la administración municipal de Tunja realizar estudios técnicos y asignar el presupuesto necesario para intervenir la señalización vertical y horizontal de la Avenida Paseo de la Gobernación, corredor vial que en la capital boyacense también es conocido de manera general como Paseo Nairo Quintana.

La decisión judicial fue emitida en primera instancia el pasado 2 de julio de 2026 como respuesta a una acción popular promovida por el ciudadano Yesid Figueroa, quien advirtió sobre el deterioro y las deficiencias en los elementos de seguridad vial ubicados entre la Glorieta del Gobernador y la Glorieta San Luis, uno de los corredores con mayor flujo vehicular de la ciudad. El fallo, firmado por el juez Fabio Huérfano López, concluyó que existió una vulneración de los derechos colectivos relacionados con el goce del espacio público, la seguridad y la prevención de riesgos previsibles, debido a la falta de intervención oportuna sobre la infraestructura vial.
Diagnóstico
Durante el proceso fueron incorporados estudios técnicos elaborados por la Agencia Nacional de Seguridad Vial tras inspecciones realizadas en diciembre de 2025.
El informe evidenció cruces peatonales con señalización prácticamente borrada, especialmente en pasos tipo cebra, así como estoperoles deteriorados y señales verticales afectadas por el paso del tiempo. La evaluación también encontró señales cubiertas por vegetación, defensas metálicas impactadas y condiciones geométricas que aumentan los riesgos para conductores y peatones. Entre ellas se destaca una pendiente longitudinal del 5,4 %, que reduce la visibilidad y dificulta las maniobras de frenado, especialmente durante la noche o en condiciones climáticas adversas.
Competencia
Durante el debate judicial, la Alcaldía de Tunja sostuvo que la vía no había sido entregada formalmente al municipio y que históricamente las intervenciones correspondían a la Gobernación de Boyacá. Sin embargo, el departamento argumentó que la infraestructura fue transferida mediante la Ordenanza 043 de 2024 y la escritura pública de cesión registrada en 2025.
El juzgado desestimó los argumentos del municipio y reiteró que la normatividad vigente asigna a las administraciones municipales la responsabilidad sobre las vías urbanas de su jurisdicción.
La sentencia otorgó tres meses para realizar los estudios e inspecciones técnicas y un plazo adicional de tres meses para incorporar los recursos necesarios que permitan ejecutar las obras de señalización y demarcación. Asimismo, se conformará un comité de seguimiento integrado por el demandante, la Alcaldía, el Ministerio Público y la Defensoría del Pueblo para verificar el cumplimiento de las órdenes judiciales.



