Nueva ley permite vehículos eléctricos en ciclorrutas sin SOAT en Bogotá

Nueva ley permite vehículos eléctricos en ciclorrutas sin SOAT en Bogotá

El presidente Gustavo Petro sancionó la Ley 2486 de 2025, que autoriza la circulación de vehículos eléctricos livianos de hasta 1.000W por las ciclorrutas del país. La norma permite que patinetas, scooters, bicicletas con motor y mopeds eléctricos transiten por la cicloinfraestructura sin necesidad de matrícula, SOAT ni licencia de conducción. Nueva ley permite vehículos eléctricos en ciclorrutas sin SOAT en Bogotá.

La iniciativa, impulsada por el senador Julio Elías Vidal, busca promover alternativas sostenibles de transporte urbano. Las reglas incluyen edad mínima de 16 años, uso obligatorio de casco, prendas reflectivas en la noche y límites de velocidad: 25 km/h en ciclorrutas y 40 km/h en calles habilitadas.

Senador Julio Elías Vidal impulsa políticas a favor de la libre circulación de vehículos eléctricos.

La ley también prohíbe estos vehículos en andenes, TransMilenio y zonas peatonales, salvo que exista autorización expresa. El Ministerio de Transporte deberá reglamentar los aspectos técnicos y de seguridad.

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MinTransporte alertó sobre riesgos antes de la firma

Pese a las alertas del Ministerio de Transporte, Petro firmó la ley sin modificaciones. La ministra María Fernanda Rojas había advertido que la norma exponía a ciclistas y peatones a vehículos motorizados con velocidades de hasta 60 km/h. Según la funcionaria, este tipo de movilidad eléctrica no puede compartir espacio con bicicletas tradicionales sin aumentar el riesgo de accidentes graves.

Ministra de transporte, María Fernanda Rojas.

El Ministerio cuestionó la definición técnica de “vehículo eléctrico liviano” por usar solo la potencia como criterio. En su lugar, propuso seguir el modelo europeo, que clasifica estos vehículos por velocidad máxima por diseño, limitándola a 25 km/h.

También rechazó la exoneración de matrícula, SOAT y licencia, advirtiendo que estas exenciones eliminan controles necesarios para garantizar la seguridad vial en zonas urbanas y rurales.

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Críticas desde el Concejo de Bogotá

El vicepresidente del Concejo de Bogotá, Juan David Quintero, rechazó la sanción presidencial. Afirmó que la ley “representa un acuerdo politiquero con el senador de la inseguridad vial, Julio Elías, antes que una decisión basada en criterios técnicos y en las advertencias de expertos”.

Patineta eléctrica y otros vehículos eléctricos livianos podrán circular por las ciclorrutas de Bogotá.

Quintero denunció que el Gobierno ignoró los conceptos técnicos del MinTransporte, los estudios de movilidad urbana y las advertencias de médicos, alcaldes y expertos en transporte.

Sin embargo, recordó que la ley otorga a las autoridades locales la facultad de restringir o prohibir la circulación de estos vehículos eléctricos en tramos específicos por razones de seguridad vial, operativas o de diseño. Es decir, en Bogotá aún podrán limitar su uso en zonas sensibles.