Por: Ricardo Sarasty
Todos los individuos de una sociedad se mueven normalmente entre tres esferas: la moral, el derecho y la política. Cualquier actividad va tener que observar lo reglado por ellas. Es así como con atención a la moral el ser humano no puede rebasar el concepto de divino implícito en todo cuanto existe por provenir de Dios.
Así se entiende que en muchas culturas todas las costumbres que rigen el comportamiento social estén ligadas a principios religiosos, por lo que ningún actuar sea aceptado como válido si contradice el criterio derivado de la doctrina que sustenta el aspecto espiritual presente en la condición humana, al lado del racional y el práctico. Tan necesario como los otros dos.
No obstante, también es de observar que la moral obedece a los conceptos de bien y de mal, instituidos ya no atendiendo el carácter divino de la creación sino a la sola conveniencia del humano. Por lo que el comportamiento de los individuos como seres sociales va a valorarse en cuanto se consideren útiles o no en el marco de la ideología imperante que a su vez se encuentra determinada por intereses económicos y de poder, mejor, políticos.
El problema originado en un tipo de moral como esta suele radicar en la censura aplicada a todo cuanto se observa contrario al ordenamiento político establecido, rayano al autoritarismo.
El derecho, para decirlo acorde a la definición que mejor permite entender su existencia y necesidad, no es sino el conjunto de normas jurídicas creadas por el Estado para reglamentar la conducta de los individuos al interior de una sociedad, estas imponen deberes y sanciones con el fin de poder hacer que todos los ciudadanos: atiendan, obedezcan y cumplan con lo establecido en cada norma.
Así pensó Hammurabi, aquel rey babilónico que creó el primer código llevado por la necesidad de establecer un ordenamiento social según el cual todos pudieran disfrutar de sus derechos. De ahí que se deba entender la jurisprudencia en al ámbito de lo humano como el ordenamiento relacionado con las leyes que buscan regular la conducta individual mediante prohibiciones y permisos. En el campo de lo social el Derecho regla las conductas de los individuos, pero integrados en grupos y lo reglamentado solo tiene sentido mientras se pertenezca a ellos.
El derecho como valor, es un rango que alcanza cuando la normatividad va dirigida a la protección de las virtudes sociales, sin que por ello termine como sustituto o confundido como moral. De llegar a suceder, como ya ha pasado, el derecho se convierte en sectario y es cuando no cumple sino la función de castigador o aparato al servicio del terror menos de la libertad y la democracia.
Si el derecho es un valor, lo es únicamente en el marco de lo jurídico protegiendo, sin que por ello este obligado a atender principios axiológicos propios de cualquier doctrina religiosa o derivados de estos o aquellos postulados filosóficos. Por ello la política entendida como la actividad mediante la cual se busca darle un orden a la sociedad para mejorar las condiciones de vida del conjunto de habitantes de la polis, de donde deriva política, no puede confundir y menos trastocar el derecho para instaurar una moral y mucho menos acudir a la moral como fundamento del Derecho, sin correr el grave riesgo de llegar a atentar en contra de la dignidad humana convirtiendo, paradójicamente, al Estado en inmoral e ilegal.
No otras son las razones por las cuales se debe permanecer atento a las explicaciones que deben las autoridades competentes, relacionadas con lo sucedido al presunto agresor sexual del Transmilenio en Bogotá. Pues se puede ser admitir el que haya sido sometido a torturas y pena de muerte, ni siquiera habiéndosele comprobado una supuesta culpabilidad. @Risar0

