Con la mirada en las próximas elecciones legislativas y presidenciales de 2026, para las cuales falta poco menos de dos meses, los ciudadanos se preguntan cuál es el calendario oficial para estos comicios y prepararse para las jornadas.
Cabe recordar que la Registraduría Nacional del Estado Civil presentó hace un año el calendario, fijando las fechas y plazos para los diferentes compromisos que hay alrededor de las elecciones.
De acuerdo con la Registraduría, mediante la Resolución 2581, las elecciones de Cámara y Senado, se realizarán el próximo 8 de marzo. Pero antes, hay unas fechas clave para que los ciudadanos anoten, las cuales son:
– 8 de febrero: Vence plazo para modificación de candidatos por revocatoria de la inscripción por causas constitucionales o legales, inhabilidad sobreviniente o evidenciada con posterioridad a la inscripción.
– 21 de febrero: Fecha límite de designación de jurados de votación.
– 25 de febrero: Inscripción de candidatos en caso de muerte o incapacidad física permanente.
– 26 de febrero: Publicación de listas de jurados de votación. Los ciudadanos lo podrán ver en la página web de la Registraduría www.registraduria.gov.co
– 2 de marzo: Se inicia el período de votación en el exterior. Esta se hará durante una semana, comenzando el lunes anterior a la fecha de la elección en el territorio nacional.
– 6 de marzo: Fecha límite para la postulación de testigos electorales.
– 7 de marzo: A las 6 p. m. inicia la Ley Seca.
– 8 de marzo: Día de la elección. Los miembros de las comisiones escrutadoras distritales, municipales y auxiliares deben estar en la sede del escrutinio, desde las 3:30 de la tarde.
De igual manera se inician los escrutinios distritales, municipales y auxiliares, a partir de las 4 de la tarde y hasta las 12 de la noche.
– 9 de marzo: Finaliza la Ley Seca, a las 6 a. m.
Continúan los escrutinios distritales, municipales y auxiliares, desde las 9 a. m. del lunes siguiente a la votación hasta las nueve 9 de la noche.
– 10 de marzo: Se inician los Escrutinios Generales, desde las 9 a. m. del martes siguiente a la votación, hasta las 9 de la noche.




