El ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, afirmó que no habrá cambio en el salario mínimo fijado para 2026. El funcionario reiteró que el Decreto 1469 de 2025 sigue vigente y es obligatorio.
Sanguino publicó el mensaje en la red social X. Allí aseguró que la norma mantiene plenos efectos jurídicos mientras no exista un decreto transitorio.
Qué dijo Sanguino tras la decisión del Consejo de Estado
La declaración surgió tras la suspensión provisional del decreto por parte del Consejo de Estado. La medida generó dudas sobre el pago del ajuste en nómina.
Sin embargo, el ministro insistió en que los empleadores deben aplicar el incremento desde el 1 de enero de 2026. También envió un mensaje directo a los empresarios.
“Esta quincena debe pagarse con el ajuste correspondiente”, afirmó. El ministro recalcó que el decreto se mantiene vigente hasta nueva orden.
Empresas deben pagar el aumento del 23,7%
El Decreto 1469 de 2025 fijó el salario mínimo con un aumento del 23,7% para 2026. Según el Gobierno, la medida busca proteger el ingreso y fortalecer el poder adquisitivo.
Sanguino señaló que la suspensión provisional no cambia la obligación inmediata de pago. En su interpretación, la norma se mantiene aplicable mientras no exista un acto que la reemplace.
Por eso, reiteró que no habrá cambio en el salario mínimo en febrero. El Ejecutivo mantendrá el pago de 2 millones de pesos, según el ministro.
Gobierno prepara estrategia legal para blindar el decreto
El ministro anunció que el Gobierno alista una estrategia legal para defender el incremento. También criticó la actuación del Consejo de Estado por el impacto sobre los trabajadores.
Sanguino afirmó que la decisión generó incertidumbre en los asalariados más vulnerables. Además, consideró que la suspensión se adoptó antes de concluir el plazo de alegatos técnicos.
Argumentos del Gobierno: progresividad e “in dubio pro operario”
El jefe de cartera defendió el principio de progresividad de los derechos laborales. Según su postura, el país no puede retroceder en garantías ya reconocidas.
También pidió que cualquier interpretación se haga bajo el criterio “in dubio pro operario”. Con ese principio, se prioriza la protección del trabajador y su ingreso.
Sanguino afirmó que el salario vital es un mandato del Estado Social de Derecho. Agregó que cumplir la Constitución no es opcional.
Un caso poco frecuente en el país
La suspensión provisional de un incremento ya implementado es un hecho poco común en Colombia. El Consejo de Estado ha intervenido antes en decisiones salariales, pero este escenario elevó la tensión institucional.
Mientras avanza la disputa jurídica, el Gobierno insiste en su directriz. Para el Ministerio de Trabajo, no habrá cambio en el salario mínimo hasta que exista una orden normativa diferente.




