La posibilidad de que María Fernanda Delgado Hernández y Edinson José Torres Sarmiento sean extraditados desde Venezuela a Colombia por el caso de Yulixa Toloza enfrenta un obstáculo jurídico importante: la legislación venezolana prohíbe la extradición de sus propios ciudadanos.
Los dos fueron capturados en el estado Portuguesa, en Venezuela, señalados de estar involucrados en la desaparición y muerte de Yulixa Toloza tras un procedimiento estético realizado en el centro clandestino Beauty Láser, en el sur de Bogotá. La Fiscalía colombiana anunció que solicitará formalmente la extradición.
Sin embargo, el artículo 69 de la Constitución de Venezuela establece que “se prohíbe la extradición de venezolanos y venezolanas”. Además, el artículo 6 del Código Penal venezolano señala que un ciudadano venezolano no puede ser entregado a otro país para ser juzgado, aunque sí puede ser procesado en Venezuela por delitos cometidos en el extranjero, siempre que esos hechos también estén contemplados en la ley venezolana.
Eso significa que, aunque Colombia haga la solicitud oficial, la justicia venezolana podría negar la extradición y optar por abrir un proceso judicial en su propio territorio. Aun así, expertos indican que el trámite internacional sigue siendo necesario para definir si existe cooperación judicial entre ambos países bajo el Tratado Bolivariano de Extradición de 1911.
Las autoridades colombianas investigan a la pareja por delitos como desaparición forzada, omisión de socorro, encubrimiento y destrucción de pruebas, mientras avanza el esclarecimiento de la muerte de Yulixa Toloza.




