El líder de la causa Volcán Galeras desde el año 2004, Albeniz Ramos, dio a conocer las problemáticas que se han presentado a lo largo de los años en diferentes albergues de la ciudad de Pasto.
“La situación actual de la zona de influencia Volcán Galeras, especialmente los albergues de la Zava, se dejaron deteriorar completamente, se descuidaron por completo por los alcaldes, además de la pésima calidad con materiales como madera no inmunizada y con una gran inversión millonaria que hoy se pierde. Además, se abandonaron, fueron bandalizados y ahora han sido desmantelados y ya no sirven por inhabitables, invadidos por plagas y sin mantenimiento”, dijo.
De igual manera, agregó “municipios como Pasto y Nariño no han negociado, y menos pagado los predios que ocuparon para construir los albergues y han pasado 16 años invirtiendo dineros públicos en terrenos hasta ahora privados”.
Participación
Ramos dio a conocer que se encuentra participando en una Acción Popular ante el Tribunal Administrativo de Nariño.
“La tiene el honorable ponente Álvaro Montenegro Calvache, propuesta por la procuradora 96 Judicial I Asuntos Administrativos, Mónica Rodríguez Díaz. Mi persona actuó como parte coadyuvante de la demandante y se busca con ello obligar a los gobernantes de Pasto, La Florida, Nariño y la Nación, a la protección efectiva de los derechos colectivos de las comunidades asentadas en los alrededores del volcán, para responder por la elaboración del Plan de Contingencia para la prevención en periodos de activación del volcán Galeras, como lo ordenó la Corte Constitucional, y construir nuevos albergues pero de calidad, dignos para humanos y perdurables”, explicó.
Asimismo, el líder afirmó que “se incumplió con las obligaciones generadas a partir de la Ley 1523/2012, entre los que se ordena a los entes local, regional y nacional financiar los programas de prevención, asignar presupuestos creando un fondo, destinando cada año desde el 2013 las partidas que serán intransferibles y por mandatos de nuestra Corte Constitucional en Sentencia T 269/2015”.
Agregó “se les ordenó en tres meses estructurar un Plan de Contingencia para la prevención por reactivaciones del volcán Galeras que desde 1936 se ha mostrado frecuente en cada 10 y 15 años por lo general, aun cuando los volcanes son impredecibles en sus reacciones lo que hace necesario estar permanentemente preparados para proteger vidas humanas, nada menos”.
“Nuestras autoridades, igual los personeros y Defensoría del Pueblo instituidas para defender los derechos colectivos, se muestran ajenos e indiferentes a este problema. En 2018, el 12 de octubre, se presentó un sismo de más de 4,5 en la escala de Richter, con profundidad de distancia aproximada entre 4.5 y 6.0 hm., por desprendimientos de rocas al interior del edificio volcánico costado oriental. Según el Boletín de Ingeominas, murieron 2 personas, varios heridos, muchas casas derribadas y averiadas”, dijo Ramos.
Finalmente, Albeniz manifestó el proceso se continuará llevando a cabo según lo predispuesto por la ley.
“Ahora el asunto pasó a manos de nuestra justicia y será quien decida ante tanto descuido de nuestras autoridades locales, Gobernación y nación, puesto que se está jugando con la vida humana y no se asumen sus deberes y obligaciones que les ha sido recordados y advertidos por nuestra Corte Constitucional T-269 de 2015. Sin embargo, han desacatado las decisiones y las leyes como la 1523 de 2012”, indicó.
Harán seguimiento
“Por nuestra parte seguiremos muy activos en este proceso, por fortuna el señor Álvaro Montenegro le dio cabida a una propuesta que en audiencia hicieron uno de los intervinientes en la Acción Popular de vincular al ministro de Hacienda, lo cual ya corren los términos legales para que conteste la demanda”, expresó.
Añadió “está obligado el Ministerio de Hacienda a asignar los presupuestos como lo ordena la Ley 1523 de 2012, en su Parágrafo 1º del Artículo 50 y en concordancia con el Artículo 53 de esta misma Ley 1523 que obliga a los entes nacional, departamental y municipios, a incluir partidas en sus presupuestos desde 2013. Y no se lo ha hecho específicamente para la Zava Galeras, siendo que la gestión del riesgo es responsabilidad de todas las autoridades (Art. 2 Ley 1523/3012)”, concluyó Ramos.




