La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, notificó que decidió no aceptar el sometimiento y excluir de la competencia de la Jurisdicción Especial para la Paz a Miguel Ángel Melchor Mejía Múnera, alias El Mellizo, reconocido cabecilla junto con su hermano Víctor Manuel, de la banda criminal conocida como el ‘Clan de los mellizos’, dedicada al tráfico de estupefacientes desde finales de los 80 y durante cerca de 25 años.
No tiene las condiciones
La JEP rechazó el sometimiento al considerar que Mejía Múnera, extraditado hace 13 años a los Estados Unidos, “no ostenta la calidad de tercero para que (la JEP) asuma competencia respecto de las innumerables conductas cometidas como narcotraficante y que se le endilgan en la justicia penal ordinaria».
Agregó que además el sujeto, como eventual compareciente voluntario, no realizó un aporte temprano a la verdad mediante la presentación de un escrito de Compromiso Claro Concreto y Programado (Cccp) “serio, respaldado en documentación sólida, con explicaciones profundas sobre la verdad que pretendía aportar y sobre los roles asumidos en su periplo delincuencial, manteniendo así una conducta contumaz frente a lo ordenado por la magistratura».
Más de 70 investigaciones
La JEP notificó que contra ‘El mellizo’ se siguen más de 70 investigaciones y procesos penales ante la justicia penal ordinaria que estarían relacionados con la comisión de delitos de desaparición forzada, desplazamiento forzado, reclutamiento ilícito, homicidios, secuestro simple y extorsivo y concierto para delinquir, entre otras graves conductas.
Reseñó que Mejía Múnera pagó a las Autodefensas Unidas de Colombia para adquirir como ‘franquicia’ el ‘Bloque Vencedores de Arauca’, buscando así evitar la extradición a Estados Unidos y añadió que como supuesto comandante paramilitar de dicho bloque logró desmovilizarse beneficiándose de la Ley 975 de 2005 ante Justicia y Paz, situación que fue esclarecida en su momento por el Tribunal Superior de Bogotá de dicha jurisdicción y confirmada por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, al establecer tal situación y excluirlo de la jurisdicción transicional.

