Por: Pablo Emilio Obando A.
«Es muy difícil para mí y para mi familia, ya que prácticamente vivo por la ventilación mecánica. Eso me parece injusto porque para mí no es vida. Es solo una vida artificial. La verdad, estoy cansada de depender de todos, y lo más duro es que estoy consciente y me doy cuenta de absolutamente todo». Con estas palabras ERIKA YANIRA MORALES, una joven oriunda de la ciudad de Pasto de veintiun años, solicita mediante una carta el cese de sus dolores y angustias. Implora la EUTANASIA como una forma de terminar su drama personal y familiar.
La entidad de salud niega tal posibilidad por cuanto considera que no se cumplen ciertas normas legales para la práctica legal de la eutanasia. En consecuencia se perpetua un dolor irremediable y se prolonga en su humanidad un padecimiento que supera la condición humana. Los argumentos son cuestionables: «A pesar de esta decisión, su EPS Emssanar recientemente le negó la aplicación de la eutanasia debido a que su mamá fue quien radicó la solicitud y no ella misma, según contó su hermana en una transmisión en redes sociales» .
Para su familia es imperativo la aplicación de una práctica médica que ponga punto final a una vida que ha perdido la condición de dignidad. Entre súplicas y normas absurdas se sostiene una vida en medio de padecimientos; médicos y juristas debaten una petición que se vuelve un verdadero drama que implica aspectos morales y legales.
Desde épocas inmemoriales se ha debatido sobre la eutanasia, entendida esta como el buen morir cuando las circunstancias médicas ya no ofrecen alternativa alguna y el paciente se encuentra expuesto a dolores y sufrimientos intratables o incurables. Para algunos es un simple suicidio, para otros un homicidio. Socrates consideraba que cuando se agotan las posibilidades de curación, se hace necesario acudir a una práctica como la eutanasia.
Es bueno recordar que «En nuestro país se dio origen a la práctica de la eutanasia mediante la Sentencia C-239 de 1997. La Corte Constitucional estimó conveniente despenalizar el homicidio por piedad, anulando toda responsabilidad que pueda recaer en los médicos que por petición del paciente terminal accedan a realizar la eutanasia. Considera que el deber del Estado como garante de los derechos de cada individuo, es el de evitar padecimientos tediosos que puedan vulnerar la dignidad de las personas que se encuentran en estado de indefensión como los enfermos terminales. Pueden resultar tan tediosos los dolores que sufren estas personas que el Estado ha dado vía libre para que el individuo tenga la libertad y la voluntad de solicitar ayuda para morir».
Para algunos es un asunto moral que no admite discusión alguna, sostienen que la vida es sagrada y únicamente su dios puede quitarla o terminarla. «En vista de incansables batallas surgidas por la eutanasia, la Iglesia Católica decidió pronunciarse al respecto en el año 1957 mediante el papa Pío XII, quien aceptó esta práctica, en atención a los métodos que día a día se volvían inútiles para los pacientes terminales y la agotadora lucha de los familiares por mantenerlos vivos, es así que consideró necesario realizar este procedimiento siempre y cuando exista la voluntad del paciente o el consentimiento de sus familiares y su médico».
Ante este conflicto es valido cuestionarse sobre esta práctica médica más allá de la moral, por cuanto para muchos pacientes terminales y su familia se vuelve insostenible la prolongación de una enfermedad sin que exista posibilidad alguna de curación. Además de los dolores, la, angustia, la permanente agonía y la zozobra económica y emocional.
Nuestros legisladores deben tener en cuenta aspectos médicos, sanitarios, humanos y legales. No centrarse en aspectos morales que no ofrecen una solución definitiva o tan sólo transitoria. Más allá de las normas o los preceptos religiosos se encuentra la voluntad de una persona que sufre, padece y desea poner fin a tanto terror sin solución.

