Ser jurado de votación es una labor que exige mucha responsabilidad y que en ocasiones como acaba de ocurrir en las elecciones para el Congreso de la República, del pasado 13 de marzo, son causa de delicados inconvenientes puesto que en estos momentos muchos de ellos están siendo investigados por las autoridades por posibles irregularidades.

Jurados de votación, los grandes protagonistas de las elecciones

votos, los cuales son investigados por la Fiscalía y la Registraduría. Cerca de 800 mil estarán en las elecciones a la Presidencia de la República, del 29 de mayo.

Para las elecciones a la Presidencia de la República que se llevarán a cabo el próximo 29 de mayo, la Registraduría Nacional del Estado Civil acaba de realizar el sorteo de los jurados que atenderán las mesas en todo el país, cuyo listado completo será dado a conocer mañana jueves 12 de mayo.

De acuerdo con el reporte de las autoridades electorales, en Colombia serán cerca de 800 mil los jurados de votación, de los cuales 20.400 tendrán a su cargo el control de las 3.400 mesas de votación que serán instaladas en el departamento de Nariño.

Una gran responsabilidad

Cada nueva elección en nuestro país, como el proceso electoral por la Presidencia de la República del 29 del presente mes, son causa para que la mayoría de los ciudadanos se interesen por saber si serán o no jurados de votación.

Otros que son primerizos en esta actividad electoral se preocupan por saber cuáles son las funciones que deberán desempeñar y se preguntarán además si se trata de un trabajo remunerado, o qué beneficios obtendrán, o    qué circunstancias los podrán eximir de ser jurados de votación.

He aquí los interrogantes que más formulan los ciudadanos y las respuestas que al respecto, entrega la Registraduría Nacional del Estado Civil.

 ¿Quiénes son los jurados de votación?

Los jurados de votación son los ciudadanos que, en representación de la sociedad civil, el día de las elecciones, atienden en las mesas de votación a los ciudadanos que acuden a votar.

¿Los jurados de votación reciben alimentación durante la jornada electoral y se le paga por ese día de trabajo y también por el transporte?

No. Los jurados de votación no reciben ningún pago. Ellos deben llegar por sus propios medios a la respectiva mesa de votación, a la que fueron asignados. Así mismo, deben asumir sus gastos de alimentación y no se les entrega ninguna remuneración por su trabajo en las jornadas electorales. Sin embargo, algunas alcaldías suelen colaborar con la organización electoral proveyendo de comida a los jurados mientras prestan su servicio.

-¿En el caso de que la persona que ha sido designada como jurado de votación, no reciba la respectiva notificación, queda exonerada de prestar el servicio?

No. El hecho de no recibir la comunicación no se constituye en una excusa para no prestar el servicio de jurado de votación. Por lo tanto, es de suma importancia que los ciudadanos verifiquen en los listados que se fijan en los lugares públicos, así como en la página Web de la Registraduría Nacional del Estado Civil, si han sido seleccionados para este servicio. 

¿Cómo se capacita a los jurados de votación?

Los jurados de votación son capacitados por medio de las charlas presenciales que organiza la Registraduría Nacional del Estado Civil. Ahora, con motivo de los comicios presidenciales del domingo 29 de mayo, se han intensificado esas capacitaciones luego del enorme escándalo de un posible fraude electoral, que se produjo en las elecciones para el Congreso de la República, que se llevaron a cabo el pasado 13 de marzo.

Al respecto, se recuerda que debido a esta situación, para los próximos comicios presidenciales, el registrador nacional, Alexander Vega Rocha, ordenó el cambio de los jurados de 5.109 mesas.

¿Si una persona ha prestado el servicio como jurado en otro evento electoral es necesario que se debe volver a capacitar?

 Sí. La capacitación es obligatoria para todos los jurados, independiente de si en el pasado ya fueron jurados y recibieron capacitación, ya que cada certamen electoral es diferente. Precisamente, esa capacitación de los jurados se intensificó para el actual proceso electoral de cara a las elecciones presidenciales, esto en razón a que a consecuencia del escándalo suscitado en las elecciones del pasado 13 de marzo, las autoridades electorales tomaron varias medidas especiales, entre ellas, el cambio en el formato del formulario E-14, cuyas casillas fueron hechas más grandes.

¿Es obligatorio prestar el servicio de jurado de votación?

Sí. De acuerdo con el artículo 105 del Código Electoral, el cargo de jurado de votación es de forzosa aceptación.

Causales para no asistir

En estos tiempos son muchas las personas, especialmente, los jóvenes que piensan que el hecho de no atender el llamado a ser jurados de votación, no les representa ninguna consecuencia grave, lo cual no es así.

Quiénes podrán excusarse

Otra de las preguntas que hace con frecuencia la ciudadanía, es respecto a ¿Quiénes pueden excusarse de prestar el servicio de jurados de votación?

 

De acuerdo con el artículo 108 del Código Electoral, las causales de exoneración son las siguientes:

-Grave enfermedad del jurado o de su cónyuge, padre, madre o hijo.

-Muerte del jurado o de su cónyuge, padre, madre o hijo, ocurrida el día de las elecciones o dentro de los tres días anteriores a la realización del evento electoral.

-Ser menor de 18 años

-Haberse inscrito y votar en un municipio diferente.

Al respecto se indicó por parte de las autoridades electorales que «La enfermedad grave solo podrá acreditarse con la presentación de certificado médico, expedido bajo la gravedad del juramento; la muerte del familiar, con el certificado de defunción; la edad, con la presentación del documento de identidad; la no residencia, con la certificación de vecindad expedida por el alcalde o autoridad competente del lugar donde se reside y la inscripción y voto, con el respectivo certificado de votación».

Excepciones

Todos los funcionarios y empleados públicos pueden ser designados jurados de votación, con excepción de los servidores públicos.

Por lo tanto, esas excepciones cobijan a las personas que hacen parte de:

 

La Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Las primeras autoridades civiles en el orden nacional, seccional y municipal.

Funcionarios que realizan tareas electorales.

Los miembros de las Fuerzas Armadas.

Los operadores del Ministerio de Comunicaciones, Telecom, Empresas de Teléfonos.

Los funcionarios de la Administración Postal Nacional.

Los miembros directivos de los directorios políticos, candidatos.

Los candidatos a corporaciones públicas, sus cónyuges o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o de afinidad a primero civil, no podrán ser jurados de votación.

Sanciones

En estos tiempos son muchas las personas, especialmente, los jóvenes que piensan que el hecho de no atender el llamado a ser jurados de votación, no les representará ninguna consecuencia grave, lo cual no es así.

En efecto, las personas notificadas y que sin justa causa no acudan al llamado de la Registraduría Nacional del Estado Civil a desempeñar las funciones de jurado o las abandonen, se harán acreedoras a la destitución del cargo que desempeñan en caso de tratarse de servidores públicos. Si no lo son, se harán acreedores a una multa de 10 salarios mínimos vigentes, lo que equivale a 10 millones de pesos. Por lo tanto, como lo dicen las autoridades electorales, no es una buena idea no acudir al llamado a ser jurado de votación,

Empezaron las citaciones

Es de anotar que, en las últimas horas, la Registraduría Nacional del Estado Civil, inició el proceso de citaciones a las personas que fueron sorteadas como jurados de votación de cara a las elecciones a la Presidencia de la República de este fin de mes.

Esto en razón a que el proceso de sorteo terminó el 9 de mayo y en estos momentos se está en el proceso de consolidación de las cerca de 800 mil personas que serán jurados de votación en los comicios presidenciales.

Cumplido con este proceso, a partir de mañana 12 de mayo, en la página de la Registraduría se podrá consultar de manera oficial, el listado de quienes han sido designados como jurados de votación para las elecciones a la Presidencia de la República.

Al respecto, el registrador nacional del Estado Civil, Alexander Vega Rocha, afirmó que en aras de la transparencia se cambiarán los jurados de 5.109 mesas en donde hubo errores humanos o posibles irregularidades en el diligenciamiento de los formularios E-14.

Investigaciones

Precisamente estos episodios son materia de investigación por parte de la Procuraduría General de la Nación y Fiscalía General de la Nación. Esto, para generar confianza y garantizar el proceso electoral del próximo 29 de mayo.

De igual forma, se garantizará que todos los integrantes de las mesas de votación queden distribuidos de manera heterogénea con diferente filiación política.

Adicionalmente se priorizará a los postulados por las campañas presidenciales, partidos políticos, funcionarios del sector público, empleados de empresas privadas y docentes de establecimientos educativos que hayan sido jurados de votación en anteriores elecciones.

Desde el celular se podrá consultar

Desde este 9 de mayo empezaron a llegar citaciones a ciertas personas designadas como jurados de votación por la Registraduría para las elecciones presidenciales de 2022, que serán este 29 de mayo. 

Ahora, desde el 12 de mayo, usted podrá consultar desde su celular en la página de la Registraduría si fue escogido o no para ejercer esta labor en las elecciones.

Así las cosas, le hacemos un paso a paso desde el celular para poder consultar si fue o no elegido. 

Consultas jurado de votación desde el celular

Hay varias opciones. Una de ellas es ingresar a la página de la Registraduría (https://www.registraduria.gov.co/). En la parte izquierda podrá encontrar la sección que dice ‘Consulte aquí si es jurado de votación’. Allí deberá ingresar los datos solicitados y la página le arrojará la información. 

Otra opción es desde la app de InfoVotantes que habilitó la Registraduría. En esta aplicación para móviles, estará activo desde el 12 de mayo la opción de ‘Consultar si es jurado de votación’. Allí, debe ingresar sus datos y el sistema le entregará la información. 

Igualmente, debe estar pendiente de su correo y celular debido a que la Registraduría también envía por este medio algunas citaciones.