Una de las mentiras más verdaderamente ocultas o una de las verdades más mentirosamente dichas por las partes que hicieron parte activa del conflicto armado en Colombia es precisamente lo sucedido con las niñas, los niños y los adolescentes en el transcurso de las acciones armadas que luego se hicieron aún más graves cuando entraron en el escenario de la guerra las acciones violentas de las autodefensas armadas de Colombia, comúnmente conocidas cono grupos paramilitares.
La verdad más conocida actualmente es que nadie quiere decir la verdadera verdad de lo sucedido, últimamente los medios masivos de comunicación han mostrado lo que se relaciona con la Justicia Especial para la Paz, la JEP, con respecto a lo que ahora dicen algunos de quienes fueron los dirigentes de lo que fueron entonces las Farc y que ahora son la organización política legal de los Comunes.
Lo que se hace saber ahora es una verdadera mentira o una mentirosa verdad. En el proceso de Justicia Transicional la joya de la corona es precisamente la verdad, porque sin verdad no es posible la reparación y sin reparación no es posible el perdón y sin perdón no es posible la reconciliación. Así mismo por parte del Ejército Nacional de Colombia se asegura que el reclutamiento ilícito de niños, niñas y adolescentes si fue algo que sucedió realmente por parte de las Farc. Es entonces un choque de explicaciones donde unos mienten, otros dicen que no mienten y así se camufla, se esconde y diluye la verdad.
Las cifras de niños, niñas y adolescentes reclutados ilegalmente, a veces convencidos, otras veces engañados y algunas veces amenazados incorporados ilegalmente a grupos armados ilegales en Colombia es un enigma, un misterio, un recurso utilizado por unos para desprestigiar a otros en el actual proceso de postconflicto, más aún en el umbral de las próximas elecciones a la Presidencia de la República y al Congreso Nacional.
La Convención Internacional de los Derechos del Niño, El Derecho Internacional Humanitario, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, teniendo en cuenta al reclutamiento ilícito como crimen de guerra, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, son instrumentos internacionales para intervenir en este asunto tan delicado al que la Corte Constitucional de Colombia ha tratado con dudas, confusiones y desacuerdos.
Jairo Alfredo Prada Jaimes, Fabián Leonardo Velásquez y Santiago Ángel Ramiro Vega Torres, en su trabajo académico: Delito de Reclutamiento Ilícito en el Proceso de Justicia Transicional, Universidad Gran Colombia, Facultad de Derecho en 2015, afirman que “ Los autores del delito de reclutamiento ilícito, deben ser objeto de un trato especial, en la medida que no se les aplique el ordenamiento jurídico interno previsto en el código penal pero al mismo tiempo se tendrá que velar porque los autores de los mismos respondan penalmente por sus actos cometidos y sean objeto de sanciones penales; de una manera tal que no exista impunidad”.
POR: EMILIO CORAL OJEDA

