Juez declara improcedente tutela por presunta afectación al buen nombre en Pasto

El Juzgado Cuarto de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Pasto declaró improcedente la acción de tutela interpuesta por Alejandra Gabriela Abásolo Gómez en contra de José Amílcar Pantoja Ipiales, quien había sido señalado por la presunta vulneración de los derechos fundamentales al buen nombre y la honra.

En su análisis, el despacho judicial determinó que no se configuró un desequilibrio informativo que justificara la intervención excepcional del juez constitucional. El fallo destaca que la accionante contó con espacios de réplica en medios de comunicación como Kapital Noticias, y otros medios que replicaron y difundieron la información que recogía su versión de los hechos o resultaba favorable a sus intereses.

El juez concluyó que las expresiones objeto de controversia se enmarcan dentro de un debate político relacionado con una persona de relevancia pública, por lo que no alcanzan el nivel de afectación que amerite el desplazamiento de los mecanismos ordinarios de defensa judicial ni habilitan la tutela como mecanismo principal o inmediato.

En consecuencia, el despacho determinó que la acción no superó el requisito de subsidiariedad, razón por la cual el amparo solicitado fue declarado improcedente.

Decisión

En el fallo, el Juzgado resolvió:

•Declarar improcedente la acción de amparo presentada por Alejandra Gabriela Abásolo Gómez contra José Amílcar Pantoja Ipiales.

•Notificar la decisión por el medio más expedito y eficaz.

•En caso de no ser impugnada, remitir el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión.

La decisión podrá ser impugnada dentro de los términos legales establecidos.

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