Mesada 13: quiénes la reciben — y quiénes se quedan sin ella este diciembre en Colombia

Cada diciembre en Colombia miles de jubilados esperan con ilusión lo que se conoce popularmente como “mesada extra de Navidad” o Mesada 13 — un pago adicional equivalente a una pensión mensual, establecido por la Ley 100 de 1993, y programado generalmente para consignarse en la primera quincena de diciembre.

No obstante, este año una porción de jubilados se quedará sin ese beneficio. Colpensiones, en una comunicación del 21 de noviembre de 2025, aclaró que ciertas pensiones no dan derecho a la Mesada 13.

⚠️ ¿Quiénes quedarán excluidos?

  • Quienes solo recibieron devolución de aportes: Personas que cotizaron alguna vez, pero no alcanzaron el mínimo de semanas exigidas ni la edad para pensionarse, y por ello nunca obtuvieron una pensión reconocida. En esos casos, los aportes acumulados se devuelven, pero no constituyen una pensión, por lo que no dan derecho a Mesada 13.
  • Beneficiarios de ciertos programas especiales (como los pagos de indemnización sustitutiva o modalidades distintas a pensión formal): estos no son considerados pensionados en el sentido de la Ley, y por tanto, quedan fuera del pago adicional.

La entidad enfatizó que esta exclusión no es resultado de una nueva decisión o reforma: simplemente se trata de la aplicación de la normativa vigente.

¿Qué dice la ley y cuándo se paga?

Según la Ley 100 de 1993, los pensionados por vejez, invalidez o sobrevivencia tienen derecho a la Mesada 13, que debe ser consignada a más tardar en la primera quincena de diciembre.

El pago debe ser automático: no se requiere solicitud adicional. Si la persona cumple los requisitos y tiene una pensión activa, la prima de fin de año debe llegar junto con la mesada regular de noviembre.

¿Por qué causa polémica o preocupación?

  • Muchos jubilados —y sus familias— asumen que la prima navideña se entrega universalmente, lo que genera expectativa de ingresos extra en diciembre. La exclusión de ciertos beneficiarios causa desánimo, pues el monto podría ser fundamental para gastos navideños o necesidades básicas.
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  • La confusión surge porque legalmente la “pensión reconocida” es la condición clave. Si alguien cotizó pero no completó semanas, aunque recibió devolución de aportes, no es pensionado en sentido formal — y por tanto no tiene derecho a la prima.
  • Por tanto, depende mucho del historial laboral y contributivo de cada persona: la protección social no es uniforme.

Qué recomienda hacer Colpensiones

  • Verificar si la pensión que se está recibiendo es una pensión formal — vejez, invalidez o sobrevivencia — y no una indemnización sustitutiva ni devolución de aportes.
  • Confirmar que los datos bancarios y personales estén actualizados para que el giro sea automático.
  • Consultar directamente con Colpensiones u oficina responsable si hay dudas sobre si se tiene derecho al pago extra.

Conclusión

Aunque la Mesada 13 sigue vigente como derecho para los pensionados formales en Colombia, no es un beneficio universal. La ley y su aplicación marcan diferencias — por eso, este diciembre algunos jubilados no recibirán mesada extra. En un contexto de altos costos de vida y necesidades adicionales en diciembre, la aclaración de Colpensiones es clave para evitar falsas expectativas.