A través del Decreto 1327 de 2026, el Ejecutivo nacional flexibilizó los trámites de verificación sanitaria con el fin de facilitar la entrada y distribución masiva de donaciones internacionales destinadas a atender la emergencia.
En respuesta a la crisis generada por el sismo de magnitud 7,4, el Gobierno Nacional decretó un régimen sanitario especial, transitorio y abreviado. La medida busca destrabar las barreras burocráticas e acelerar la llegada de insumos médicos, medicamentos y alimentos donados por la comunidad internacional.
El Decreto 1327 de 2026 establece un marco excepcional que permite atender con inmediatez la emergencia sanitaria y hospitalaria en los departamentos más afectados. Mientras dure la declaratoria de desastre nacional, las donaciones extranjeras no tendrán que someterse a los procesos ordinarios de registro que suelen demorar semanas o meses.
Principales medidas del régimen sanitario abreviado
Para asegurar una atención rápida sin descuidar los estándares mínimos de seguridad, la norma contempla las siguientes disposiciones clave:
- Respuesta en un máximo de 24 horas: El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) implementará un modelo de evaluación de riesgo para revisar y autorizar las solicitudes de donación en un tiempo récord de un día hábil.
- Supresión de apostilla y legalización: Se exime a los documentos del exterior del trámite de apostilla o autenticación consular.
- Traducciones e idioma flexible: Se aceptará documentación con traducciones simples e incluso información técnica en inglés cuando la capacidad institucional lo requiera.
- Productos autorizados: El régimen abarca medicamentos biológicos y de síntesis química, gases medicinales, dispositivos y equipos biomédicos (nuevos y repotenciados), reactivos de diagnóstico, suplementos dietarios y alimentos de primera necesidad.
Coordinación e impacto para los damnificados
El Ministerio de Salud y la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) coordinarán la distribución estratégica de las donaciones para garantizar que su entrega responda a las necesidades reales identificadas en los territorios afectados.
| Aspecto | Trámite Ordinario | Nuevo Régimen Especial (Decreto 1327) |
| Tiempo de aprobación | Múltiples semanas / meses | Máximo 24 horas |
| Documentación | Apostilla y trámites consulares requeridos | Documentación con traducción simple o en inglés |
| Registro sanitario | Exigencia previa de licencias completas | Evaluación de riesgo exprés para uso humanitario |
Con esta flexibilización, las autoridades esperan un flujo contínuo de recursos asistenciales y hospitalarios en los próximos días para respaldar a los equipos de socorro y a las miles de familias damnificadas por el desastre natural.




