La medida busca acelerar la respuesta estatal ante la magnitud de los daños provocados por el sismo del 10 de agosto. El Gobierno podrá adoptar decisiones con fuerza de ley y movilizar recursos para atender a las comunidades damnificadas.
El Gobierno Nacional formalizó la declaratoria del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica como respuesta a la crisis provocada por el terremoto de magnitud 7,4 que sacudió al país el pasado 10 de agosto.
La decisión quedó consignada, según la información oficial suministrada por el Ejecutivo, en el Decreto 1261 de 2026, publicado este miércoles por el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre). Con esta figura constitucional, el Gobierno busca contar con herramientas extraordinarias para responder a los daños humanos, habitacionales y de infraestructura ocasionados por el movimiento telúrico.
El terremoto tuvo su epicentro en inmediaciones de San José del Palmar, Chocó, y fue sentido en distintas regiones del país. Desde las primeras horas de la emergencia, las autoridades comenzaron a reportar afectaciones en viviendas, carreteras, servicios públicos y otras estructuras.
De acuerdo con el balance citado en el decreto y los reportes entregados por las autoridades, la cifra de fallecidos asciende a 319 personas. A esto se suma una emergencia social de gran magnitud: la UNGRD reporta más de 54.000 familias y más de 115.000 personas afectadas por los daños ocasionados en viviendas e infraestructura.
¿Qué cambia con la emergencia económica?
La declaratoria no significa que todos los recursos lleguen automáticamente a los damnificados ni que exista un único paquete de ayudas. Su principal efecto es ampliar temporalmente la capacidad del Ejecutivo para adoptar medidas extraordinarias que tengan una relación directa con la emergencia.
El artículo 215 de la Constitución establece que, durante un Estado de Emergencia, el Presidente puede expedir decretos con fuerza de ley destinados exclusivamente a enfrentar la crisis y evitar que sus consecuencias se extiendan. También establece límites y controles sobre estas facultades excepcionales.
En este caso, el objetivo será acelerar la atención de las familias damnificadas, recuperar infraestructura esencial y disponer de mecanismos financieros que permitan avanzar en la reconstrucción de las zonas más afectadas.
Regalías, una de las alternativas para financiar la recuperación
Uno de los caminos planteados por el Gobierno está relacionado con el Sistema General de Regalías (SGR), particularmente con los recursos del Fondo de Ahorro y Estabilización (FAE).
Este fondo tiene precisamente como propósito contribuir a la estabilidad de la inversión pública cuando los ingresos provenientes de las regalías disminuyen o se presentan circunstancias que requieren mecanismos de estabilización. Sus recursos son administrados dentro del esquema establecido por la Ley 2056 de 2020.
De acuerdo con la información del Gobierno, los recursos podrían utilizarse para financiar proyectos de inversión relacionados con la atención de la emergencia, dentro de los procedimientos establecidos para el Sistema General de Regalías.
No se trataría, por tanto, de disponer libremente de todo el dinero de las regalías. El uso de estos recursos debe sujetarse a las reglas presupuestales y legales del SGR. De hecho, en marzo de 2026 el Gobierno ya había expedido el Decreto 288 para incorporar al presupuesto del bienio 2025-2026 recursos provenientes del desahorro del FAE, demostrando que este mecanismo requiere procedimientos específicos.
La prioridad: viviendas, infraestructura y atención a los damnificados
La dimensión de los daños obliga al Gobierno a combinar diferentes fuentes de financiación. La emergencia no solamente implica reconstruir casas, sino también recuperar vías, redes de servicios públicos, infraestructura educativa, centros de salud y otras instalaciones indispensables para que las comunidades puedan retomar sus actividades.
Por eso, la declaratoria abre la puerta a que se adopten nuevas disposiciones presupuestales y administrativas destinadas específicamente a superar las consecuencias del terremoto.
El reto ahora será convertir las facultades extraordinarias en ayudas concretas para las comunidades. La velocidad con la que se ejecuten los recursos será determinante, especialmente en los territorios donde las afectaciones han dificultado el acceso, la prestación de servicios y la recuperación de las viviendas.
¿Qué viene ahora?
La declaratoria de emergencia constituye el punto de partida para una segunda etapa: la expedición de medidas específicas.
El Gobierno deberá definir mediante nuevos decretos y decisiones administrativas cómo se distribuirán y ejecutarán los recursos, cuáles serán los sectores prioritarios y qué mecanismos se utilizarán para apoyar a las familias que perdieron sus viviendas o sufrieron daños en sus bienes.
La emergencia, además, tendrá que ser sometida a los controles establecidos por la Constitución. Las medidas extraordinarias deben guardar relación directa con la crisis y estarán sujetas al control político y judicial correspondiente.
Mientras tanto, la reconstrucción se convierte en uno de los mayores desafíos para el nuevo Gobierno, que deberá responder a una emergencia que dejó cientos de víctimas mortales y a miles de familias con afectaciones en sus viviendas y medios de vida.



