Funcionario debe capacitarse en justicia con perspectiva de género

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La Corte Constitucional, consideró que: con la expedición de la resolución 2023-398 del 15 de mayo de 2023, La Comisaria de Familia de Ipiales vulneró los derechos fundamentales de una madre y de su hijo, al debido proceso, al acceso a la administración de justicia, a tener una familia, a no ser separado de ella y al principio del interés superior del niño.
Además, la Sala de revisión de tutelas, aduce que la Comisaría de Familia de Ipiales “ejerció violencia institucional» en el trámite de un proceso por violencia familiar haciendo que el Estado se convierta en un segundo agresor a una mujer y un menor de edad que, presuntamente, han sido víctimas de violencia intrafamiliar.
Los argumentos de la sentencia se basan en la actitud, por parte del Comisario de Familia de Ipiales, abogado Gerardo Misnaza Burbano, al omitir o adoptar decisiones dirigidas a la protección de los derechos de una mujer violentada por su excompañero quien, además, decidió sustraer de su vivienda  a su hijo de cuatro años, junto con sus pertenencias para disponer, unilateralmente, que en adelante viviera con él y varios miembros de su familia, además de impedirle al menor tener contacto con su madre.
A pesar que, la madre puso en conocimiento, de manera oportuna, ante la Comisaría de Familia y esta oficina ya tenía conocimiento de dicha situación, esa autoridad administrativa consideró que no existiera vulneración de los derechos y se negó a adoptar las  medidas de restablecimiento de los derechos a la madre y al menor; tampoco adoptó ninguna medida para lograr la restitución del niño a su hogar materno y para hacer cumplir las medidas de protección, que fueron decretadas en contra del presunto agresor, dentro de un proceso de violencia intrafamiliar que allí cursaba desde el año 2022 mediante queja interpuesta por su excompañera que aportaba elementos para determinar que el padre ejercía actos de violencia en contra de su hijo y la madre, dado que mediaba medida de protección policiva a favor de la excompañera y sus hijos.
Además, la Comisaría no detectó que, ante la conducta del padre al extraer a su hijo menor de la casa materna sin el consentimiento de la madre y sin que medie orden judicial o administrativa alguna, este habría incurrido en el delito de ejercicio arbitrario de la custodia de hijo menor. Tipo penal que se configura cuando uno d ellos padres sustrae a uno de sus hijos menores de edad con el fin de privar a otro del derecho de custodia y cuidado personal.
Así también, argumenta la Corte Constitucional, que la Comisaría de familia no emitió ningún pronunciamiento respecto a la negativa del padre para permitirle a la madre ver a su hijo, desconociendo, además, las ordenes proferidas mediante acción de tutela del Juzgado Primero Civil del Circuito de Ipiales.
La Comisaría de Familia de Ipiales omitió actuar con base en criterios objetivos y racionales como su deber convencional y constitucional de administrar justicia con perspectiva de género, decisión que impactó directamente en los derechos fundamentales de un menor de edad y su madre a quienes, durante cerca de un año, se les ha impedido su contacto personal a través del cumplimiento de un régimen de visitas.
Para la máxima autoridad constitucional del Estado Colombiano; ante este caso, la Comisaria Municipal de Ipiales no dio una respuesta eficiente e impidió el acceso a la administración de justicia y, a la sanción por daño causado y sus conductas son constitucionalmente inadmisibles discriminatorias porque desconocen la obligación reforzada de proteger a la mujer que ha sido víctima de violencia.
De igual manera contribuyen al contexto de violencia estructural al propiciar un ambiente de impunidad y tolerancia estatal frente a casos judiciales con perspectiva de género.
La Corte Constitucional ordenó a Gerardo Misnaza Burbano (quien actuó como comisario de familia en el proceso de la referencia), asistir de forma obligatoria a capacitaciones periódicas sobre formación y actualización en materias relacionadas con violencias en el contexto familiar, violencias por razones de género, administración de justicia con perspectiva de género y prevención de violencia institucional.