Fallo obliga trasplante urgente a paciente con Leucemia

Juez advierte fallas en atención oncológica y ordena medidas inmediatas.

 Greicy Bermúdez, paciente diagnosticada con leucemia mieloide aguda/foto: archivo particular.

El Juzgado Cuarto Civil Municipal Oral de Tunja concedió una acción de tutela a favor de Greicy Emilce Bermúdez Medina, paciente diagnosticada con leucemia mieloide aguda, al considerar que existían elementos que evidenciaban una posible vulneración de sus derechos fundamentales a la salud, la vida digna y la continuidad en la prestación de los servicios médicos requeridos para el tratamiento de su enfermedad.

Paciente en el Hospital/foto: archivo particular.
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La decisión judicial quedó consignada dentro del proceso radicado bajo el número 150014053004-2026-00200-00 y vincula a Coosalud EPS, la Fundación Santa Fe de Bogotá y el Instituto de Cáncer Carlos Ardila Lülle (ICCAL), entidades que han participado en diferentes etapas de la atención médica de la accionante.

Según se expone en el expediente, la paciente adelantaba un complejo proceso de valoración médica para la realización de un trasplante alogénico de médula ósea, procedimiento considerado fundamental dentro de su tratamiento. No obstante, la continuidad de la atención se habría visto afectada tras la terminación del convenio existente entre la EPS y la Fundación Santa Fe de Bogotá, institución donde se desarrollaban los estudios y preparativos previos al procedimiento.

Durante el trámite de la tutela, las entidades involucradas presentaron sus argumentos ante el despacho judicial. La Fundación Santa Fe señaló que la organización y garantía de la red de prestación de servicios corresponde a la EPS. Por su parte, Coosalud manifestó haber adelantado diferentes gestiones administrativas para asegurar la continuidad del tratamiento, aunque reconoció que el procedimiento médico aún no se había concretado.

Tras analizar las pruebas aportadas por las partes, el juez concluyó que las actuaciones realizadas no lograron garantizar de manera efectiva la continuidad del tratamiento requerido por la paciente, situación que prolongó la incertidumbre y el riesgo asociado a su condición médica.

Como resultado, el despacho ordenó a Coosalud EPS adelantar, dentro de las 48 horas siguientes a la notificación del fallo, todas las gestiones necesarias para asegurar la atención integral de la paciente. La orden incluye la autorización y coordinación de procedimientos, consultas especializadas, medicamentos, exámenes diagnósticos y demás servicios que sean requeridos por el equipo médico tratante.

La decisión también advierte que el cumplimiento de las órdenes impartidas deberá realizarse de manera inmediata y sin nuevas barreras administrativas, con el fin de proteger los derechos fundamentales de la accionante y garantizar la continuidad de su proceso terapéutico.

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