Daniel Alfonso, intendente.

Exponen compromisos para mitigar la explotación sexual en Ipiales

En Ipiales se dieron a conocer los compromisos que deben asumir todos los prestadores de servicios turísticos, esto con el fin de contrarrestar la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes en actividades vinculadas a los viajes y el turismo.

Según el intendente de la Policía, Daniel Alfonso, los prestadores de servicios turísticos, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley 679 de 2001, se comprometieron a abstenerse de ofrecer en los programas de promoción turística, en publicidad y planes turísticos, expresa o subrepticiamente, la explotación sexual; además de proteger a los niños, niñas y adolescentes, nacionales o extranjeros de toda forma de explotación y violencia sexual originada por turistas nacionales o extranjeros.

De igual manera, a inhibirse de dar información a turistas, directamente o por interpuesta persona, acerca de lugares desde donde se coordinen o presten “servicios sexuales” que involucren a dicha población; asimismo, de conducir a los turistas, a establecimientos o lugares donde se utilicen niños, niñas o adolescentes en actividades relacionadas a la prostitución o a los sitios donde se encuentran hospedados los turistas, incluso si se trata de lugares localizados en altamar.

Establecimientos

Dichos trabajadores también se comprometieron a abstenerse de arrendar o utilizar vehículos en rutas turísticas con fines de explotación sexual; impedir el ingreso de niños, niñas y adolescentes a los lugares de alojamiento y hospedaje, bares, negocios similares y demás establecimientos turísticos, y a denunciar ante el viceministerio de Turismo y a la Fiscalía General de la Nación los hechos de los que tengan conocimiento relacionados con esta problemática.

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Además, dieron a conocer que para prestadores con personal a cargo se implementarán mecanismos de vigilancia y medidas de control apropiadas y suficientes orientadas a evitar que las operaciones de la empresa sean utilizadas para la explotación, la pornografía y el mal llamado “turismo sexual” con niños, niñas y adolescentes, e impedir que los trabajadores de la empresa, dependientes o intermediarios, ofrezcan servicios turísticos que incluyan contactos sexuales con niños, niñas y adolescentes.