El Consejo de Estado decidió emitir sentencia anticipada en el caso de una demanda que pidió la nulidad de la elección de la procuradora general, Margarita Cabello. El proceso viene en discusión desde el 2020, cuando se presentó la demanda ante la Sección Quinta del Tribunal, alegando que la elección de Cabello se dio de manera irregular.
Para los demandantes, este proceso en el que se debía ternar a candidatos del presidente (en ese tiempo Iván Duque), la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado, no se respetó el principio de concurso por mérito para elegir al candidato mejor calificado para ocupar el cargo.
“En su criterio, quedó en entredicho la transparencia y los criterios meritocráticos puesto que, pese a que se estudiaron hojas de vida y se efectuaron entrevistas, no se informaron o publicaron los porcentajes obtenidos por los aspirantes”, menciona el documento..
Por su parte, la procuradora general, pidió que se desestimara la demanda alegando que en el proceso demandado no se acredita vulneración a la constitución porque no hay una ley que reglamente un concurso en el proceso.
“Asimismo manifestó que, según el artículo 125 constitucional, el cargo de procurador no es de carrera, sino que su nombramiento corresponde al senado (…) circunstancia que descarta la escogencia por un concurso de méritos, además, porque no existe norma que obligue al mandatario a realizar un concurso reglado”, respondió Cabello.
El Consejo de Estado, como parte interviniente, desestimó los argumentos de los demandantes, pues consideró que esas explicaciones obedecían a consideraciones subjetivas.
“Los reproches propuestos por parte de los demandantes son meras apreciaciones subjetivas, en tanto de las mismas no se desprende el desconocimiento de preceptos legales en sus actuaciones en lo que concierne a la conformación de la terna para el cargo de procurador general de la Nación”, resaltó el tribunal.
La Sección Quinta determinó emitir sentencia anticipada en este caso, pues consideró que se cumplieron con los requisitos legales, por lo que ahora sólo falta que el magistrado Pedro Pablo Vanegas estudie las pruebas solicitadas y presentadas por las partes para emitir la decisión final.

