Contrariamente a lo que se había creído en un principio, las listas cerradas e inclusive una posible extensión del horario de las elecciones y otros cambios, se podrían comenzar a aplicar de cara a los comicios para autoridades regionales, gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y ediles, que se realizarán el 29 de octubre del próximo año.
Se trata de una situación que desde ya empieza a generar una enorme expectativa en el departamento de Nariño, en especial con las listas cerradas, opción que causa rechazo en varios sectores políticos, puesto que se considera que varios de los cambios propuestos, cambiarán la manera de hacer política en el país.
Se contempla posibilidad
El cimbronazo político lo acaba de propinar el ministro del Interior, Alfonso Prada, quien, al término de una audiencia en la Comisión Primera del Senado, confirmó que se está contemplando la posibilidad de que el Gobierno Nacional envíe un mensaje de urgencia al Congreso para el proyecto de reforma al Código Electoral.
Al respecto, Prada explicó que la premura se debe a que se busca que este sea implementado en las elecciones de octubre de 2023, donde el país elegirá a los mandatarios locales.
“Estamos contemplando la posibilidad del mensaje de urgencia. Me debo comunicar con el presidente y tomaremos una decisión sobre el particular”, dijo el ministro.
Además, Prada dijo que el beneficio que buscan con la reforma es modernizar y actualizar el sistema electoral en el país.
En el departamento
Lo cierto es que este tema se convirtió en viral ayer en Pasto, al no esperarse que las reformas propuestas se pudieran poner en práctica en los comicios del año entrante.
Sin embargo, ahora según lo que acaba de manifestar el ministro Prada, todo apunta a que el Gobierno Nacional quiere que la reforma al Código Electoral se comience a aplicar desde las elecciones 2023, lo que significaría un cambio transcendental en el actual libreto electoral.
Listas cerradas
En lo que tiene que ver con las listas con las listas cerradas, aunque la idea inicial del Gobierno era establecer de manera permanente que las listas para corporaciones públicas fueran cerradas, se acordó finalmente que “los partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos integrarán de forma exclusiva listas únicas cerradas y bloqueadas durante los dos primeros periodos de elección constitucional siguientes a la promulgación del presente Acto Legislativo”. y a partir del tercer periodo sería opcional.
Al respecto se pensaba que esto no iba a ser a futuro cercano, pero ahora esto podría entrar en vigencia para las próximas elecciones.
Paridad de género
En lo referente a la paridad de género, lo cual comprende que listas sean 50% hombres y 50% mujeres, se precisa que “para los efectos de la conformación de listas cerradas a las que se refiere el presente artículo, la regla de paridad de género y alternancia, se cumplirá de acuerdo al género con el que manifiesten identificarse los candidatos a inscribirse dentro de cada partido, movimiento político y grupo significativo de ciudadanos”.
Voto obligatorio
En lo concerniente a otro tema interesante como es el de la implementación del voto obligatorio, la Reforma al Código Electoral señala que el voto sería obligatorio en todo el país durante los primeros dos periodos de elección constitucional siguientes a la eventual promulgación de este acto legislativo.
El motivo que plantean los ponentes es “el fortalecimiento del sistema democrático a través de la cultura ciudadana de participación política y electoral”.
Tal obligación, sin embargo, no afectaría que “el Estado garantice la objeción al cumplimiento del sufragio electoral de los ciudadanos que libre y legítimamente así lo manifiesten”. Es decir, quien exprese su intención de no votar, podrá no hacerlo.
Para esto, “la organización electoral definirá el mecanismo, términos y plazos que implementará la Registraduría Nacional para el registro y control de los ciudadanos que deseen abstenerse de ejercer el voto, siempre y cuando su decisión sea libremente informada, de manera previa a cada jornada electoral”.
Sistema electrónico
Igualmente, la reforma al Código Electoral también se refiere a la posibilidad de implementar el voto electrónico, que busca agilidad y transparencia en todas las votaciones.
Se trata de otra iniciativa que causa polémica, puesto que se sabe que el sistema no genera la debida confianza, a lo que ha contribuido los desalentadores informes que se han recibido de algunos países donde se implementó el sistema.
Dineros ilegales
El tema de la financiación estatal de las campañas es otro de los puntos clave de este texto, artículo que pretende frenar que dineros ilegales lleguen a las distintas candidaturas.
“Las campañas electorales que adelanten los candidatos avalados por partidos y movimientos con Personería Jurídica o por grupos significativos de ciudadanos, serán financiadas de manera anticipada a la contienda electoral, preponderantemente con recursos estatales y aportes privados. Dichos recursos integrarán el Fondo de Financiación de Campañas y Partidos Políticos”.
Transporte gratuito
En concordancia, ese mismo artículo que crea el fondo de financiación también establecería que en día de elecciones el Estado deberá garantizar que el servicio de transporte público sea gratuito en todo el territorio nacional. Esto para contrarrestar que, como es habitual en algunas zonas del país, campañas paguen los vehículos para que las personas vayan a votar.
Del Congreso a los ministerios
Igualmente, en la reforma al Código Electoral, se mantiene uno de los objetivos primordiales del nuevo Gobierno, que es la de permitir que los congresistas puedan renunciar a su curul para, ahí mismo, pasar a ser ministros de gabinete.
“Las incompatibilidades de los congresistas tendrán vigencia durante el período constitucional respectivo. En caso de renuncia, se mantendrán durante el año siguiente a su aceptación, si el lapso que faltare para el vencimiento del período fuere superior, excepto para el desempeño de cargo o empleo público, caso en el cual solo deberá mediar la renuncia”, se expone la ponencia.
También se mantiene en firme el limite a los periodos para ser congresistas. “Nadie podrá ser elegido para más de dos períodos consecutivos en cada una de las siguientes corporaciones: Senado de la República, Cámara de Representantes, Asamblea Departamental, Concejo Distrital o Municipal, o Junta Administradora Local”. Con esto se pretende incentivar la participación en política y tener una constante renovación de actores políticos.
Avales de los partidos
De otra parte, se establece que para participar en las consultas de un partido o movimiento político o en consultas interpartidistas, los ‘precandidatos’ deberán tener al menos 6 meses como miembros de la agrupación política, y acreditar esta militancia en la correspondiente organización.
Los partidos tendrán que responder por “avalar candidatos elegidos en cargos o corporaciones públicas de elección popular, que hayan sido o fueren condenados, durante el ejercicio del cargo, por delitos relacionados con la vinculación a grupos armados ilegales y actividades del narcotráfico o de delitos contra los mecanismos de participación democrática o de lesa humanidad”.
En el caso de vinculación a grupos armados y narcotráfico, también tendrían que responsabilizarse aún si los delitos se cometieron antes de otorgar el aval.

