En fallo de primera instancia, la Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 8 años al concejal del municipio de Castilla La Nueva, Meta, Jhon Deyber Ramírez Quintero (2024-2027), por inasistencias reiteradas a sesiones ordinarias del ente municipal en 2024 y 2025.
La Entidad comprobó que, sin justificación válida, el funcionario faltó a 44 de 74 sesiones ordinarias en mayo, agosto, noviembre de 2024 y febrero de 2025, pese a las citaciones que le hicieron mediante email y a través de oficios.
El Ministerio Público desvirtúo los señalamientos del funcionario quien afirmó que en el 90% de las sesiones, el presidente del concejo no lo convocó de manera reglamentaria ni tampoco le fueron comunicadas las sesiones programadas, incumpliendo el artículo 55 numeral 5 de la Ley 1952 de 2019.
A juicio de la Procuraduría, con su comportamiento negligente Ramírez Quintero transgredió sus deberes funcionales, la moralidad administrativa y defraudó la confianza de los ciudadanos que lo eligieron, por incumplir las convocatorias del cabildo municipal como lo exige el Acuerdo 012 de 2020.
La falta del concejal fue calificada por la Procuraduría Provincial de Juzgamiento de Villavicencio como gravísima a título de culpa gravísima por desatención elemental.




