Ricardo Sarasty

Cultura ciudadana

Se les exige a los entes gubernamentales del orden nacional, departamental y del municipio que cumplan con sus funciones en bien de los ciudadanos. Esto quiere decir que con atención al desarrollo del concepto de civilización las funciones públicas de quienes ejercen el gobierno deben de redundar en garantizar como derecho fundamental el bien de todos los habitantes de la ciudad. Llamándose así no solo a la metrópoli sino a todo asentamiento de personas que obedece a un orden establecido por los funcionarios designados para ejercer el poder con el fin de lograr que todos los habitantes puedan disfrutar del estar bien en el lugar donde habitan.

Desde el uso del suelo hasta las maneras de relacionarse hombres y mujeres con el entorno y entre ellos, está reglado con el objetivo primordial de lograr lo que se conoce como convivencia. Por ello desde la aparición en Roma de la civitas o ciudad nada se ha dejado al capricho de quienes nacen o llegan a ella.

Así se observa en el ordenamiento del espacio ahí donde se ha procedido a fundar una urbe. Muestra de ello es lo que aún hoy se conserva en los más antiguos territorios urbanizados. Su crecimiento se ha dado entorno a un eje arquitectónico que conserva como punto base el lugar donde se levantan las edificaciones que albergan la institucionalidad: el gobierno civil, el gobierno eclesiástico, la asamblea popular, el foro o plaza. En su alrededor se instauran las instituciones educativas, la de salud, las militares, el comercio junto a los talleres o fábricas. Cada uno ocupando su espacio sin que el uno obstaculice el buen proceder del otro, ni genere desorden.

Así mismo se han trazado las vías atendiendo al principio que manda a que las vías faciliten el acceso a cada uno de los establecimientos públicos y oficiales desde el lugar destinado para la vivienda del ciudadano llamado así por estar definido por esa organización y obligado a respetarla.

Todo cuanto se halla en la ciudad es por y para el ciudadano y ninguno puede ser exceptuado de su uso, pero tampoco de la obligación de cuidar y respetar cuanto ahí se encuentra para servirle a él como individuo, pero también al conjunto de la sociedad. No otra es la razón del establecimiento de normas que se deben de acatar y cumplir así molesten o no permitan el actuar caprichoso o a conveniencia de cualquiera de sus habitantes sin distingo de sexo, etnia o clase social, adulto, joven o niño. Pues si les exige a las instituciones que posibiliten con la construcción, el mejoramiento y el cuidado de todo cuanto ha de prestar un servicio para el bienestar en la ciudad y su disfrute, los habitantes de la urbe no pueden sino garantizar con su comportamiento dentro de la norma que así sea.

 Para ello es que se establece mediante la educación la formación ciudadana que no es sino aprender a vivir en la ciudad. Saber para qué y cómo utilizar todo cuanto en ella se encuentra: desde las calles con sus aceras hasta los parques, lo que provee y permite el uso de lo que se considera servicios públicos que no cumplen sino con la función de salvaguardar la salud y la vida de todos.

No otro es el motivo por el que el ciudadano a mutuo o propio está obligado a evitar su deterioro o destrucción. A hacer uso correcto de todo cuanto en la ciudad se encuentra y procurar su mantenimiento. Debe evitar confundir por comodidad o interés personal el uso para el cual se encuentra en donde fueron puestos. Por lo que hay que recordar que no toda la ciudad es basurero que no cualquier lugar puede ser estercolero de mascotas y parqueadero de carros.

Por: Ricardo Sarasty.