Cuándo “caduca” una obligación en Colombia y cómo evitar errores costosos

El paso del tiempo puede jugar a favor del deudor, pero un mal movimiento —incluso una simple llamada— puede reiniciar el conteo y extender la deuda por años.

En el ordenamiento jurídico de Colombia, existe una figura clave en materia de obligaciones: la prescripción. Este concepto, regulado en el Código Civil colombiano, establece un límite de tiempo dentro del cual un acreedor puede exigir el pago de una deuda. Si ese plazo se agota sin acciones efectivas de cobro, el derecho a reclamar judicialmente puede extinguirse.

Sin embargo, lejos de ser un “borrón y cuenta nueva”, la prescripción es un proceso técnico que exige cuidado, conocimiento y, en muchos casos, asesoría legal.

¿Cuánto tiempo debe pasar para que una deuda prescriba?

No todas las obligaciones tienen el mismo plazo. La ley distingue según el tipo de deuda:

  • 3 años: aplica para la mayoría de deudas de consumo, como tarjetas de crédito, contratos de arrendamiento, multas de tránsito o fotomultas.
  • 5 años: corresponde a deudas con entidades del Estado, como impuestos administrados por la DIAN o Secretarías de Hacienda.

Este plazo empieza a contar desde el momento en que la obligación se hace exigible, es decir, cuando el deudor incumple el pago.

El error más común: reconocer la deuda

Uno de los aspectos más críticos —y menos conocidos— es que el tiempo de prescripción puede reiniciarse. Esto ocurre cuando el deudor reconoce, de forma expresa o implícita, que la deuda sigue vigente.

Un ejemplo típico: una persona está a punto de cumplir los tres años sin pagar una obligación. Recibe una llamada de una casa de cobro y, para evitar insistencias, admite que sí debe el dinero y promete pagar pronto. Esa conversación, que suele quedar grabada, reactiva el conteo desde cero.

En términos legales, los años transcurridos se pierden y el acreedor recupera todo el plazo para exigir el pago.

¿Qué hacer si la deuda ya superó el plazo?

Si usted considera que su deuda ha prescrito, no basta con ignorar las comunicaciones. Expertos recomiendan actuar de forma clara:

  • Informar por escrito a la entidad o casa de cobro que el plazo de prescripción ya se cumplió.
  • Solicitar el cierre de la obligación desde el punto de vista jurídico.

No obstante, esto no elimina automáticamente cualquier riesgo.

Riesgos judiciales y cómo defenderse

Aunque haya transcurrido el tiempo, el acreedor podría iniciar un proceso judicial. En ese caso, la prescripción no opera de oficio: debe ser alegada por el deudor.

La ley establece que, una vez notificado de la demanda, el ciudadano tiene 10 días para presentar pruebas y argumentar que la deuda ya prescribió. Será un juez quien determine si el derecho de cobro sigue vigente o no.

Una herramienta legal que exige estrategia

La prescripción es una figura poderosa dentro del derecho civil, pero también delicada. Un error de comunicación o desconocimiento puede extender una deuda por años adicionales.

Por ello, más que confiar en el paso del tiempo, lo recomendable es actuar con información clara y, de ser posible, con acompañamiento legal. Entender cómo funciona este “cronómetro jurídico” puede marcar la diferencia entre cerrar una obligación o enfrentar un nuevo proceso de cobro.

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