Corte Suprema reconoce permiso remunerado a trabajadores por la muerte de sus mascotas

La Corte Suprema de Justicia de Colombia estableció un precedente al reconocer que los trabajadores sindicalizados podrían acceder a permisos laborales remunerados por la muerte de sus mascotas, siempre que se cumplan ciertos requisitos y existan acuerdos internos o decisiones de la empresa que lo autoricen. La sentencia SL2375-2025 de la Sala Laboral respalda un laudo arbitral entre AKT Motos y el sindicato Sintramotores, que contemplaba un día de permiso remunerado en estos casos, reflejando el creciente reconocimiento social de los animales domésticos como parte del núcleo familiar.

Aunque la legislación laboral colombiana no contempla expresamente este tipo de permiso, el fallo sienta una base para que las compañías lo otorguen como un beneficio extralegal que mejora el equilibrio entre vida laboral y personal, siempre que esté previsto en acuerdos colectivos o reglamentos internos de trabajo.

La Corte precisó condiciones para acceder al beneficio: la mascota debe estar registrada ante la empresa, debe tratarse de un animal doméstico y no silvestre, debe existir un vínculo afectivo demostrado, y se requiere un certificado veterinario que acredite el fallecimiento junto con una convivencia mínima de seis meses entre empleado y animal.

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