La Corte Constitucional revivió la sanción de destitución e inhabilidad impuesta en 2012 contra el exalcalde de Miraflores, Boyacá, Carlos Humberto Alfonso, al dejar sin efectos una decisión del Consejo de Estado que había anulado dicha medida. El alto tribunal determinó que, para la época en que se emitieron los fallos disciplinarios, la Procuraduría General de la Nación sí tenía competencia para sancionar a servidores públicos de elección popular con destitución e inhabilidad. Por ello, concluyó que la interpretación realizada por el Consejo de Estado en 2023 no fue armónica ni coherente con la jurisprudencia constitucional vigente.
La Corte señaló que el análisis del Consejo de Estado, basado en el artículo 23.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, no tuvo en cuenta decisiones con efectos generales (erga omnes), especialmente la Sentencia C-030 de 2023, que fijó criterios sobre el alcance de las sanciones disciplinarias frente a los derechos políticos. En consecuencia, ordenó a la Sección Segunda del Consejo de Estado emitir un nuevo fallo de fondo sobre el recurso de apelación contra la sentencia del Tribunal Administrativo de Boyacá, teniendo en cuenta los lineamientos constitucionales.
Finalmente, la Corte reiteró que el ejercicio de cargos públicos no exime a los funcionarios del control disciplinario, ni permite extralimitaciones en sus funciones, subrayando que la representación política debe ejercerse dentro del marco de la ley.




