La Corte Constitucional de Colombia falló en contra del congresista Miguel Abraham Polo Polo y le ordenó ofrecer una disculpa pública al Colectivo de Madres de Falsos Positivos (Mafapo), tras retirar de forma arbitraria la exposición artística “Mujeres con las botas bien puestas”, instalada en el Capitolio Nacional en noviembre de 2024.
La decisión surge como respuesta a tres tutelas acumuladas, presentadas por ciudadanos que denunciaron vulneraciones a los derechos de las víctimas, a la memoria histórica, a la libertad de expresión artística y a la dignidad humana. Según el alto tribunal, la actuación de Polo Polo constituyó una forma de censura y revictimización.
La muestra, organizada por Mafapo junto a la Fundación Rinconesarte Internacional (FRI), consistía en la instalación de botas de caucho como homenaje simbólico a las 6.402 víctimas de ejecuciones extrajudiciales reconocidas por la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). Sin embargo, Polo Polo difundió videos en redes sociales en los que calificó la obra como una “apología a los falsos positivos”, cuestionó las cifras oficiales y retiró las botas, colocándolas en bolsas negras.
La Corte Constitucional concluyó que estas acciones afectaron directamente el ejercicio de memoria y reparación simbólica de las víctimas. Por ello, ordenó al congresista publicar en sus redes sociales un mensaje de disculpas en el que reconozca la legitimidad de la exposición, rectifique sus declaraciones falsas sobre supuestos pagos irregulares y mantenga el comunicado visible por seis meses.
Además, el fallo dispuso que el Congreso de la República, en coordinación con Mafapo y la FRI, reubique e instale nuevamente la exposición en el Patio Rafael Núñez, garantizando condiciones de respeto, seguridad y visibilidad para las víctimas y el público.
El alto tribunal también aclaró que la exposición fue creada directamente por las madres de Mafapo
Este fallo no solo responde al caso puntual de censura, sino que reafirma el deber del Estado colombiano de proteger la memoria histórica y de garantizar los derechos de las víctimas de falsos positivos, uno de los capítulos más dolorosos del conflicto armado. Estos crímenes consistieron en el asesinato de civiles inocentes por parte de miembros del Ejército, quienes los presentaban como guerrilleros muertos en combate con el fin de obtener incentivos como ascensos, permisos o reconocimientos.
Con esta decisión, la Corte envía un mensaje contundente en defensa de la dignidad de las víctimas, la libertad artística y la no repetición de hechos de censura, reafirmando que el homenaje a las víctimas del conflicto es un derecho protegido constitucionalmente.

