
La Corte Constitucional estableció nuevas condiciones para proteger los derechos de las personas que sean sometidas a hospitalizaciones involuntarias por razones de salud mental.
El alto tribunal señaló que contar con un diagnóstico psicológico o psiquiátrico no es suficiente para ordenar una internación contra la voluntad del paciente.
La decisión busca garantizar que este tipo de medidas sean utilizadas únicamente en circunstancias excepcionales.
Para aplicar una hospitalización involuntaria debe existir un riesgo cierto, grave e inminente para la persona o para terceros.
Ese riesgo debe estar respaldado por una valoración clínica especializada y por circunstancias concretas.
Las instituciones también deberán tener en cuenta la voluntad y capacidad de decisión del paciente.
La Corte recordó que las personas con discapacidad psicosocial conservan sus derechos y capacidad jurídica.
Los centros de atención deberán implementar mecanismos de apoyo para facilitar la comunicación y comprensión de las decisiones médicas.
El Ministerio de Salud deberá avanzar en la creación de reglas claras sobre ingreso, permanencia y salida de estos establecimientos.
La decisión representa un llamado a fortalecer la atención en salud mental sin desconocer la autonomía y los derechos fundamentales de los pacientes.




