Corpoboyacá respondió petición sobre San Jacinto de Nelvic tras admisión de tutela por presunta demora administrativa

La entidad ambiental entregó información solicitada después de la admisión judicial de la acción constitucional.

Kristhian Yezid Amaya Chaparro, veedor ciudadano/foto: archivo particular.

La Corporación Autónoma Regional de Boyacá (Corpoboyacá) respondió el derecho de petición presentado por el abogado Kristhian Yezid Amaya Chaparro, relacionado con el proyecto urbanístico Nuestra Señora del Buen Suceso, desarrollado por la sociedad Inversiones San Jacinto de Nelvic S.A.S. en liquidación, en Villa de Leyva.

La solicitud fue radicada el 2 de julio ante la autoridad ambiental y estaba relacionada con información y actuaciones frente al desarrollo del proyecto, además de plantear inquietudes sobre la protección de derechos e intereses colectivos asociados al caso.De acuerdo con lo expuesto por el peticionario, la respuesta no fue recibida dentro del término que consideraba aplicable, razón por la cual acudió a la acción de tutela para solicitar la protección del derecho fundamental de petición y de los demás derechos invocados.

El Juzgado Primero Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Tunja admitió la acción constitucional el pasado miércoles, con el propósito de estudiar los hechos planteados y establecer si existió una eventual vulneración de garantías fundamentales atribuible a la autoridad ambiental. Posteriormente, durante la jornada del jueves, Corpoboyacá emitió respuesta al requerimiento. Esto ocurrió, según las fechas señaladas en el proceso, un mes y cuatro días después de la presentación de la solicitud inicial.

La situación deberá ser analizada por el despacho judicial, pues la respuesta posterior a la presentación de una tutela no determina, por sí sola, si existió o no una vulneración del derecho reclamado. Corresponderá al juez revisar los tiempos, las actuaciones adelantadas por la entidad y el contenido de la respuesta entregada.

En términos generales, las autoridades cuentan con 15 días hábiles para responder los derechos de petición de interés particular o general, salvo las excepciones previstas por la legislación y las circunstancias que permitan aplicar términos diferentes. El proceso continuará su trámite judicial mientras se determina si la actuación de Corpoboyacá se ajustó a las obligaciones legales relacionadas con la atención oportuna de las solicitudes ciudadanas.

El caso se suma a las actuaciones jurídicas y administrativas relacionadas con el proyecto San Jacinto de Nelvic en Villa de Leyva, cuya situación continúa bajo seguimiento de las autoridades y de ciudadanos interesados en su desarrollo.

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