Consejos de juventudes: participación y representación para el futuro

Los Consejos de Juventudes son una herramienta fundamental de participación, representación, concertación y empoderamiento democrático, como un peldaño en la construcción de una ciudadanía activa crítica y comprometida con el país, así como una hoja de ruta para que los jóvenes tomen decisiones en beneficio de la comunidad.  

Estos espacios hacen posible que los jóvenes entre 14 y 28 años incidan en las decisiones, especialmente en representación de sectores que han sido históricamente marginados del debate público.

Por eso, es un deber y un derecho que los jóvenes sean candidatos y voten el 19 de octubre de este año, pues es necesario aumentar la participación juvenil, que en las elecciones de 2021 fue apenas del 10.12 por ciento de los habilitados para votar. De lo contrario, se seguirán reproduciendo estructuras de exclusión que han limitado su participación y su poder transformador y renovador.

Es fundamental que los jóvenes del equipo del representante la Cámara y candidato al Senado se postulen como candidatos.

 La participación juvenil está regulada por la Ley 1622 de 2013 -Estatuto de Ciudadanía Juvenil y por su modificación a través de la Ley 1885 de 2018- que establecen la estructura, el funcionamiento y las competencias de los Consejos.

El 22 de abril se inició el registro de listas independientes que finalizará el 19 de junio y la recolección de firmas comenzó también el 22 de abril y finalizará   el 19 de julio.

Entre el 19 de junio y el 19 de julio deben inscribirse los candidatos por listas independientes, partidos y movimientos políticos con personería jurídica, al igual que por procesos y prácticas organizativas juveniles. Los avales de partidos y movimientos deben estar otorgados antes del 19 de julio.

En la Registraduría de manera presencial o virtual, el 21 de julio finaliza la inscripción de jóvenes para votar y el 23 de este mismo mes inicia la difusión de propaganda electoral.

 Cada Consejo tendrá de 7 a 17 curules, de acuerdo a la población, además de una curul especial para víctimas del conflicto armado, de los campesinos y de los grupos étnicos.  El periodo de los consejeros es de cuatro años.

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Cada uno de los Consejos municipales y locales eligen un representante departamental, quienes designan un consejero nacional por un año.

Entre las funciones de los Consejos se encuentran, representar a los jóvenes ante las entidades públicas, proponer y concertar políticas públicas, ejercer vigilancia y control y fomentar la participación juvenil.

Los jóvenes permanecen generalmente al margen del acompañamiento real de quienes ocupan cargos de representación. Entonces es urgente crear espacios permanentes de encuentro, formación y acción política, donde las juventudes puedan debatir, construir y defender sus causas y llegar a escenarios que les permitan  profundizar en temas de importancia para el país y para el ser humano, como la protección del ambiente, la defensa de los derechos de los animales, las libertades fundamentales,  o el derecho a una muerte digna, iniciativas que fortalecerán el liderazgo juvenil   y reflejarán un compromiso serio con las comunidades que representarán.

Por eso, los Consejos de Juventudes no son un tema menor, porque ellos son el presente y futuro de Colombia, y ahora, como casi nunca, están llamados a ocupar el lugar destacado que les corresponde en la política nacional.

Y qué desgracia, hasta la selección anda mal.