Pasados menos de 10 días desde que fue televisado otro Consejo de Ministros por directriz del presidente Gustavo Petro, este jueves se conoció que un tribunal admitió una demanda de acción de cumplimiento ideada para que el jefe de Estado se abstenga de transmitir este tipo de espacios dado su carácter de confidencialidad.
Así lo dio a conocer la senadora de oposición María Fernanda Cabal del Centro Democrático, quien sostuvo que el recurso judicial fue admitido por la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
La demanda fue instaurada contra el Departamento Administrativo de la Presidencia Dapre. por supuestamente violar la Ley 63 de 1923, que establece que las sesiones de Consejo de Ministros “son absolutamente reservadas”.
LA Ley es clara
El Tribunal sostuvo que Presidencia tendrá tres días, una vez notificada, para allegar pruebas o solicitar su práctica, así como para hacer llegar los antecedentes administrativos del proceso. Lo anterior, teniendo en cuenta que la decisión sería proferida dentro de los próximos 20 días.
La Ley 63 de 1923 prohíbe la transmisión del concejo de ministros:
“La ley es clara: los Consejos tienen que ser privados porque se van a resolver muchas cosas que no pueden ser divulgadas. Esto es una prohibición expresa de protección a decisiones, no la propaganda que quieren decir que es transparencia. Es falso. Además, en los Consejos de Ministros hablan los ministros, no habla Petro, igual a (Hugo) Chávez, igual a (Fidel) Castro. ¿Será que no le gustan las leyes a Petro, solo para hacerse elegir?”, señaló Cabal.

