Consejo de Estado ratifica la legalidad de la designación del Director de Corponariño y destaca la solidez de su defensa jurídica

El Consejo de Estado profirió fallo de única instancia dentro del proceso de nulidad electoral interpuesto contra el Acuerdo mediante el cual el Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Nariño (Corponariño) designó a su Director General para el periodo 2024–2027, decisión que resultó plenamente favorable a los intereses de la entidad y a la continuidad de su dirección.

La sentencia concluyó que no existieron anomalías, vicios procedimentales ni inconsistencias jurídicas que afectaran la legalidad del acto de designación, ratificando así la actuación del Consejo Directivo y la estabilidad institucional de Corponariño.

Las pretensiones del demandante
El demandante solicitaba la nulidad del acto electoral argumentando supuestas irregularidades en el trámite de recusaciones presentadas contra varios integrantes del Consejo Directivo, alegando una presunta vulneración al debido proceso, la buena fe y disposiciones del CPACA y directrices de la Procuraduría General de la Nación.
No obstante, tales señalamientos fueron debidamente desvirtuados en sede judicial por la defensa técnica de la entidad y del Presidente del Consejo Directivo.


Una defensa jurídica de alto nivel


La abogada Ruth Amalfi Ramírez Muñoz, en calidad de apoderada judicial del Gobernador de Nariño y Presidente del Consejo Directivo de Corponariño, desplegó una defensa sólida, estructurada y profundamente fundamentada, en la que expuso con claridad la naturaleza jurídica de las Corporaciones Autónomas Regionales, su autonomía constitucional y legal, y la competencia exclusiva del Consejo Directivo para la designación del Director General, conforme a la Ley 99 de 1993 y su normativa reglamentaria.

Su intervención se caracterizó por un manejo riguroso de la jurisprudencia del Consejo de Estado, una lectura precisa del marco normativo ambiental y administrativo, y una argumentación que demostró que el trámite de las recusaciones se adelantó conforme a la ley, incluyendo la correcta remisión a la Procuraduría General de la Nación cuando el número de recusaciones comprometía el quórum decisorio. La decisión de la Procuraduría, que declaró infundadas las recusaciones, fue uno de los pilares que sustentó la legalidad del procedimiento.

Liderazgo Institucional


De manera complementaria y decisiva, el Jefe de la Oficina Jurídica de Corponariño, doctor Cristhian López, tuvo un papel central en la defensa de la entidad. Desde el ámbito institucional, lideró una estrategia jurídica técnicamente impecable, garantizando que cada actuación del Consejo Directivo se ajustara estrictamente a las órdenes judiciales previamente impartidas por el Consejo de Estado.

El doctor López aseguró que el proceso de selección fuera reanudado exactamente desde la etapa ordenada por la jurisdicción, con observancia rigurosa de los principios de legalidad, publicidad, transparencia y debido proceso, fortaleciendo así la posición de la entidad frente al control judicial. Su intervención fue clave para demostrar que no se configuró ninguna irregularidad sustancial con capacidad de afectar la validez del acto electoral demandado.

Un fallo que respalda la institucionalidad
El fallo del Consejo de Estado no solo mantiene en firme la designación del Director General de Corponariño, sino que reconoce implícitamente la calidad técnica, el rigor jurídico y la seriedad institucional con la que actuaron tanto el Consejo Directivo como su equipo legal.

La decisión representa un respaldo contundente al trabajo articulado entre la defensa externa y la jefatura jurídica de la entidad, y reafirma que Corponariño actuó con estricto apego a la Constitución, la ley y la jurisprudencia, garantizando la continuidad de su gestión ambiental en beneficio del departamento de Nariño.

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