Este viernes 5 de enero el Consejo de Estado declaró nula la circular emitida por el presidente Gustavo Petro, donde se prohibía que las personas naturales firmaran más de un contrato por prestación de servicios con entidades públicas.
Según el gobierno esto buscaba generar mayores de oportunidades para las personas de ser contratados por las diferentes entidades públicas que hacen parte del estado.
La sentencia generada por la Sección Tercera del Consejo de Estado indica que la directriz generada por el gobierno de Gustavo Petro va en contra vía de los establecido por la constitución.
«Estableció una prohibición para celebrar contratos de prestación de servicios de apoyo a la gestión que no está prevista en la ley y creó una inhabilidad o incompatibilidad para celebrar ese tipo de negocios jurídicos, a pesar de que esos aspectos son de resorte exclusivo del legislador», se lee en la sentencia.
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Es decir que para el Consejo de Estado la facultad de prohibir este tipo de contratos le compete a la rama legislativa, es decir al Congreso de la República.
La decisión fue tomada tras una demanda que fue radicada ante el consejo de estado, alegando precisamente que es el Congreso el encargado de realizar este tipo de cambios.
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