Juan Felipe Rodríguez, accionante.

Conmoción por la orden de arresto al presidente Duque

Gran revuelo causó ayer la insólita decisión del Tribunal Superior de Ibagué de ordenar el arresto del presidente Iván Duque por cinco días por haber desacatado una orden de garantizar la custodia del Parque de los Nevados. Además le impuso una multa de quince salarios mínimos legales mensuales en caso de que incumpla la medida.
Según la providencia conocida este sábado, el jefe del Estado desatendió sus responsabilidades en cuanto a la protección del Parque de los Nevados, luego de que este fuera declarado como sujeto de derechos.

En otras palabras, el presidente Duque no dispuso un grupo de fuerza pública especial para custodiar esa importante reserva natural.

Para tomar esa medida el Tribunal Superior de Ibagué declaró como sujeto de derechos al Parque Natural Nacional de los Nevados.

La orden judicial en primera medida decretó en desacato de la orden impartida por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia al presidente Iván Duque, y en consecuencia ordenó «imponer como sanción medida de arresto domiciliario por cinco días, para cuyo cumplimiento se encargará el señor director de la Policía Nacional o el Superior que atienda las funciones en el Palacio de Nariño».

Además, el documento también ordena imponer una multa de quince salarios mínimos legales mensuales vigentes al mandatario, «a menos que antes se acredite el cumplimiento de la orden tenida como cumplida».

La orden judicial también decreta sancionar a la gobernadora encargada del Quindío, Paula Andrea Huertas Arcila, quien se venía desempeñando también como la Secretaría de Representación Judicial y Defensa del Quindío.

 

Antecedentes

 

La sentencia 10716 sobre la cual basa su decisión el Tribunal Superior de Ibagué se conoció el martes 01 de diciembre de 2020 y en ella, la Corte Suprema de Justicia ratificó al Parque de los Nevados como sujeto de los derechos a la vida, salud y ambiente sano bajo la premisa de que la tierra no pertenece al hombre sino este a ella como cualquier otra especie.

Además fijó el plazo perentorio de un año para que las autoridades nacionales, departamentales y locales competentes pongan en marcha un Plan Conjunto de Recuperación, Manejo, Mantenimiento y Conservación del Parque Nacional Natural Los Nevados.

Aunque Parques Nacionales de Colombia manifestó que acciones similares para la protección del Tayrona, la Amazonia y el río Atrato han demorado más de 24 meses, la Sala de Casación Laboral del máximo tribunal de la jurisdicción ordinaria consideró que es un término desproporcionado porque, evitar la degradación y el peligro al que está expuesto el tejido biodiverso de Los Nevados, requiere medidas urgentes e inmediatas.

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Plazo de 15 días

En consecuencia, al tutelar los derechos fundamentales a la vida, dignidad humana y salud en conexidad con el medio ambiente del ciudadano Juan Felipe Rodríguez Vargas, la Corte ordenó al Gobierno Nacional y a los departamentos de Caldas, Quindío, Risaralda y Tolima; municipios de Manizales, Ibagué, Pereira, Armenia, Villamaría, Santa Rosa de Cabal, Salento, Anzoátegui, Santa Isabel, Murillo, Villahermosa y Casablanca, y demás autoridades nacionales, regionales y locales involucradas, elaborar de manera mancomunada y coordinada el Plan de intervención especial e integral del Parque Natural Los Nevados, consagrando con precisión y claridad los tiempos, funciones y responsabilidades en las acciones, con los compromisos a corto, mediano y largo plazo. La designación de los respectivos representantes en el equipo que deberá conformarse para emprender las acciones deberá hacerse durante los próximos 15 días.