Alcalde frena operación de fotomultas pese a aval técnico.
El consorcio Tránsito Tunja informó recientemente detalles sobre el proceso de implementación de los sistemas automáticos y semiautomáticos para la detección de infracciones de tránsito (SAST), conocidos popularmente como cámaras salvavidas. Según el operador, los análisis y documentos técnicos que sustentan la ubicación y aprobación de estos dispositivos fueron elaborados por la Secretaría de Movilidad y Vida Territorial durante la vigencia 2025, lo que confirma que la iniciativa cuenta con respaldo técnico y legal por parte de la administración municipal. A través de un comunicado oficial, el consorcio precisó el papel de cada actor involucrado para evitar interpretaciones erróneas sobre la responsabilidad en el proyecto. En este sentido, se aclaró que el operador privado no tiene facultades para realizar estudios técnicos, definir puntos críticos de siniestralidad ni aprobar la instalación de las cámaras, funciones que corresponden exclusivamente a la Secretaría de Movilidad. Por su parte, el consorcio cumple con la inversión, instalación y mantenimiento de los equipos, actuando únicamente conforme al contrato firmado con la administración municipal.
El documento enfatiza que los análisis técnicos elaborados por la dependencia de movilidad fueron determinantes para que la Agencia Nacional de Seguridad Vial emitiera las resoluciones que autorizan la instalación de los sistemas SAST, acreditando la necesidad de los dispositivos y permitiendo avanzar en su implementación. Sin embargo, a pesar de contar con la autorización nacional, la entrada en funcionamiento de las cámaras sigue suspendida. Esta decisión obedece a un requerimiento del alcalde Mikhail Krasnov, hecho el pasado 13 de febrero, que solicitó frenar la operación hasta que se presentaran soportes técnicos adicionales, aun cuando la metodología y los criterios habían sido validados previamente por la misma Secretaría de Movilidad.
El consorcio enfatizó que las cámaras salvavidas funcionan como una herramienta de apoyo al control vial y no poseen la capacidad de imponer comparendos de manera automática. La emisión de sanciones sigue siendo una facultad exclusiva de la autoridad de tránsito, quien deberá valorar las evidencias registradas por los sistemas antes de tomar cualquier decisión.
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