La Justicia argentina confirmó una millonaria indemnización contra un restaurante que impidió el ingreso de un niño con trastorno del espectro autista (TEA) y síndrome de Asperger, quien estaba acompañado por su perro de asistencia. El fallo consideró que la negativa constituyó un acto de discriminación y vulneró derechos fundamentales del menor y su familia.
El caso ocurrió cuando los padres del niño intentaron acceder al establecimiento junto al animal de asistencia. Aunque presentaron la documentación que acreditaba su función y explicaron la condición del menor, el personal del restaurante mantuvo la negativa de ingreso.
Tras lo ocurrido, la familia inició un proceso judicial para reclamar una reparación por los daños sufridos. En primera instancia se determinó que el establecimiento había incurrido en un acto discriminatorio, decisión que posteriormente fue ratificada por un tribunal de apelaciones.
La sentencia establece el pago de una indemnización por daño moral, además de una sanción económica adicional con el propósito de castigar la conducta y prevenir que situaciones similares vuelvan a repetirse. Los magistrados señalaron que la actuación del restaurante afectó derechos como la dignidad, la igualdad, la inclusión y la participación social del menor.
La empresa apeló la decisión al considerar que la compensación era desproporcionada y que el hecho había sido aislado. Sin embargo, la Justicia rechazó esos argumentos al concluir que impedir el acceso de una persona con discapacidad acompañada por un perro de asistencia constituye una conducta discriminatoria que merece una sanción ejemplar.
El caso ha sido destacado como un precedente en materia de accesibilidad e inclusión, al reforzar la obligación de los establecimientos abiertos al público de respetar los derechos de las personas con discapacidad y garantizar un trato digno e igualitario para todos los ciudadanos.




