Una sentencia de condena en primera instancia dejó constancia de la contundencia de las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación contra Jhohn Edy Collazos, a quien se le imputó la comisión de actos sexuales con menor de 14 años y otros hechos de violencia sexual contra una menor de edad. El fallo, dictado por un juez de conocimiento, impuso una pena de 9 años y 6 meses de prisión, y rechazó de forma tajante las opciones de suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria.
Según la investigación de la Fiscalía, los hechos ocurrieron entre el 17 y el 22 de abril de 2023, cuando Collazos fue contratado para realizar trabajos de construcción en la vivienda de la menor, de apenas 7 años. En ese contexto, el ahora condenado habría aprovechado los momentos en que la niña se encontraba sola para efectuarle tocamientos de índole sexual, configurando un delito grave de actos sexuales con menor de 14 años. La Fiscalía sostuvo que existen elementos de prueba suficientes para acreditar la acción y la responsabilidad penal de Collazos, lo que se vio ratificado en el desarrollo del juicio.
La defensa buscó alternativas que permitieran la suspensión de la pena o la atenuación mediante subrogados, pero el juzgado de conocimiento decidió no conceder dichas medidas, reiterando la gravedad de los hechos y la necesidad de una pena que cumpla con el principio de resarcimiento y disuasión frente a delitos de naturaleza sexual contra menores.
La orden de captura de Collazos fue ejecutada por la Policía Nacional en vía pública de la zona de la inspección de Dinamarca, en Acacías, de manera que el condenado quedó a disposición del centro penitenciario determinado por el Inpec para iniciar el cumplimiento efectivo de la condena.
Este fallo es de primera instancia y, como es habitual en este tipo de procesos, admite los recursos de ley. La comunidad espera que el veredicto contribuya a evitar nuevas violencias y a reforzar la protección de los derechos de la infancia en el departamento.

