Más de 200 víctimas dejan un grave impacto social.
Redacción Extra
En la ciudad de Duitama, un fallo de primera instancia ha puesto nuevamente en el centro del debate la problemática de las captaciones ilegales de dinero que afectan a cientos de familias en la región. El Juzgado 01 Penal del Circuito con funciones de conocimiento condenó a Erick Alexander Benítez Téllez, señalado como fundador de la firma Emporio Constructora e Inversiones S.A.S., a una pena de 12 años y medio de prisión por los delitos de captación masiva y habitual de dinero y omisión en la devolución de recursos.
La decisión judicial se sustenta en un proceso que documentó cómo, entre 2019 y 2023, se habría estructurado un esquema fraudulento bajo la apariencia de una empresa del sector inmobiliario. Según lo expuesto en juicio, la organización utilizó figuras como contratos de anticresis, promesas de compraventa y proyectos de construcción que no se ejecutaron, con el fin de captar recursos de inversionistas que buscaban rentabilidad o acceso a vivienda. Este tipo de mecanismos, aunque legales en su naturaleza, fueron presuntamente distorsionados para generar confianza y facilitar la entrada de dinero.
De acuerdo con la investigación adelantada por la Fiscalía General de la Nación, se logró acreditar una captación cercana a los 3.400 millones de pesos. No obstante, representantes de las víctimas sostienen que la cifra real podría ser considerablemente mayor, alcanzando incluso los 6.000 millones, debido a la existencia de afectados que no formalizaron sus denuncias. El proceso judicial reconoce más de 200 víctimas, lo que evidencia la magnitud del impacto social y económico del caso.
Pese a la condena, el fallo ha generado reacciones encontradas. Por un lado, representa un avance en la judicialización de este tipo de delitos financieros; por otro, ha sido calificado como insuficiente por parte de la defensa de las víctimas, que decidió apelar ante el Tribunal Superior de Santa Rosa de Viterbo en busca de una pena más severa. La controversia se centra, principalmente, en la reducción del 25 % aplicada a la sentencia, beneficio que, según los afectados, no corresponde a la gravedad de los hechos.
A este panorama se suma un elemento crítico: el condenado no se encuentra bajo custodia y actualmente es considerado prófugo. Esta situación limita no solo la ejecución efectiva de la pena, sino también las posibilidades de reparación económica para las víctimas, quienes continúan enfrentando las consecuencias de la pérdida de sus ahorros.
El caso pone en evidencia los vacíos en los controles frente a esquemas de captación ilegal y la vulnerabilidad de los ciudadanos ante promesas de inversión atractivas. Asimismo, plantea interrogantes sobre la eficacia de las sanciones y la capacidad institucional para garantizar justicia integral, más allá de la emisión de una sentencia.




