Piden mantener la condena de 36 años al abogado Jhon Pardo por feminicidio

El Ministerio Público solicitó a los magistrados del Tribunal Superior de Mocoa dejar en firme la condena de 36 años de prisión, contra Jhon Pardo, uno de los abogados más reconocidos del departamento del Putumayo y cuñado del exgobernador Buanerges Rosero Peña.

En ese sentido, se recuerda que en primera instancia, la jueza de Mocoa, Andrea Arteaga, determinó que Pardo fue culpable del feminicidio de Mónica Guerra, quien, según el expediente, fue su amante.

Una conmovedora historia

Es una historia que ha conmocionado a los putumayenses en los últimos 12 años. Se trata de una relación extramarital que terminó en tragedia, relaciones de poder que supuestamente buscaban la impunidad del caso y una jueza indígena que dictó su sentencia en medio de intimidaciones y presiones.

Ahora está en manos del Tribunal Superior de Mocoa decidir si mantiene la condena o absuelve a Pardo, teniendo en cuenta que ya la Corte Suprema de Justicia determinó que el caso debía ser analizado bajo una perspectiva de género.

Un fatal amorío

El implicado, Jhon Eduardo Pardo ha trabajado en distintas entidades de la región y es el cuñado del cuestionado exgobernador del departamento, Buanerges Rosero Peña.

Hace 12 años, el 15 de julio de 2013, en un tramo de la peligrosa vía conocida como el ‘Trampolín de la Muerte’, Pardo asesinó a Mónica Guerra y abandonó su cuerpo en un matorral. Los bomberos la recuperaron en la noche en medio de la lluvia y las dificultades del terreno.

Según el expediente, ambos mantenían una relación extramarital. Se habían conocido en el despacho de la Defensoría Pública de Mocoa. Él como jefe y ella su secretaria. Ya una vez los rumores llegaron a oídos de su esposo, Mónica decidió terminar este amorío y salvar a su familia.

Celos enfermizos

Sin embargo, el prestigioso abogado se mostraba reacio a dejar de ver a su amante. De acuerdo con los testigos, como amigos, familia y el propio escolta del abogado, Pardo empezó con sus celos enfermizos, la manipulaba constantemente y la vigilaba a las afueras de su casa.

Dictamen de la jueza

Cuando Mónica intentó ponerle el ultimátum, fue asesinada. Así lo detalló la jueza del caso, Andrea Arteaga, en su sentencia.

“El 15 de julio de 2013, la señora MÓNICA PATRICIA adoptó una decisión firme: terminar definitivamente la relación. En esa fecha, confrontó al acusado, rechazó sus amenazas, y le advirtió que no permitiría más injerencia en su vida. Este acto de dignidad y autonomía fue interpretado por el acusado como un desafío intolerable. La negativa a continuar la relación quebrantó el control que había ejercido sobre ella, lo que motivó una reacción violenta, desproporcionada y letal”, dice la sentencia de la jueza, conocida por la Unidad Investigativa de Caracol Radio.

“Golpeada brutalmente”

La jueza Arteaga también detalló que Mónica fue sometida a golpes antes de su muerte con arma de fuego. La mujer había sido forzada a subir a la camioneta polarizada del abogado donde sufrió violencia física. Así fue confirmado por el dictamen de Medicina Legal.

“Quedó completamente aislada de cualquier posibilidad de asistencia externa. El vehículo al ser un espacio cerrado, con vidrios polarizados y controlado por el agresor funcionó como una prisión móvil”, dijo la jueza.

Cabe recordar que Pardo, en el año 2016, aceptó haber matado a Mónica, justificando una ira e intenso dolor. Llegó a un preacuerdo con la Fiscalía para pagar más de 6 años. Una condena que, según la Corte Suprema de Justicia, fue revictimizante.

Pues esta vez, aplicando la perspectiva de género, la jueza Arteaga condenó a Pardo a 36 años de prisión. “Enviándole a la comunidad en general un mensaje de que el sistema penal actúa con contundencia frente los crímenes de género, los cuales deben ser erradicados del entramado social mediante sanciones proporcionales y ejemplarizantes”, destacó.

Apoyo de la Procuraduría

Como era de esperarse, la defensa de Jhon Pardo apeló la decisión de la juez ante el Tribunal Superior de Mocoa, solicitando absolverlo por el crimen de Mónica Guerra.

Se conoció además, el concepto de la Procuraduría General de la Nación enviado a los magistrados de la sala, en el que pide mantener la condena de 36 años.

Para el Ministerio Público, las pruebas y testimonios de amigos cercanos, familiares y el escolta, fueron contundentes para determinar la culpabilidad del señor Pardo.

Credibilidad de testimonio

“Destacamos y coincidimos igualmente, tal y como lo sugerimos en los alegatos de conclusión, la credibilidad que sugiere el testimonio del escolta del acusado Edwin Mercado Julio, con quien se determinó el trato violento del señor Pardo Narváez hacía la víctima, lo que coincide con los resultados del dictamen de necropsia realizado en el cuerpo de Mónica Patricia Guerra, que bien lo califica la señora Juez de primera instancia como un indicio clave para esclarecer el hecho investigado”, aseguró el Ministerio Público.

Y añadió: “Resulta, en nuestro criterio, afortunado el tratamiento y la valoración de la prueba recopilada durante el juicio, que llevó a construir la prueba indiciaria en virtud de hechos indicadores relacionados con el análisis de los teléfonos celulares, lo que permitió la ubicación en la zona de la víctima y el implicado, ejercicio lógico-jurídico desarrollado con detalle y que en un análisis en conjunto permite corroborar el relato del escolta del encausado”.