José Antonio Cepeda Tenza, exconcejal.
El Tribunal Administrativo de Boyacá decretó en fallo de primera instancia la pérdida de investidura del concejal del municipio de Cuítiva, José Antonio Cepeda Tenza, quien había sido elegido para el periodo 2024-2027. La decisión responde a una demanda presentada por el personero municipal, Fabio Guillermo Araque Álvarez, quien argumentó la presunta configuración de una inhabilidad derivada del ejercicio de la profesión de abogado en procesos administrativos dentro del mismo ente territorial.

Según la demanda, el concejal habría actuado como apoderado en el proceso de policía 2023-014 y en los trámites de querellas 2024-002 y 2024-003, aportando poderes y participando en audiencias ante la Inspección de Policía del municipio. Estos hechos, de acuerdo con el accionante, podrían constituir una infracción al régimen de inhabilidades e incompatibilidades de los servidores públicos, al intervenir profesionalmente en actuaciones adelantadas por autoridades del mismo municipio en el que ejerce su cargo de elección popular.
El tribunal consideró que la actuación del demandado fue reiterada y documentada, y que no se trató de un hecho aislado. En su análisis, la corporación judicial señaló que la intervención del concejal como abogado dentro de procesos policivos podría afectar el principio de representación y la dignidad del cargo, conforme a lo establecido en el numeral 2 del artículo 45 de la Ley 136 de 1994.
En la decisión se indicó que las pruebas aportadas no fueron controvertidas de manera suficiente, y que existía coherencia entre la documentación allegada y las propias declaraciones del demandado.
Por ello, el tribunal concluyó que la conducta habría sido consciente y voluntaria, lo que sustentó la determinación de pérdida de investidura en esta etapa inicial del proceso.
La decisión es de primera instancia y puede ser objeto de los recursos legales correspondientes. Mientras tanto, el caso genera debate en el municipio de Cuítiva sobre el alcance del régimen de incompatibilidades de los concejales y el ejercicio simultáneo de la abogacía en escenarios administrativos locales.
La determinación judicial no implica sanción penal y el proceso podrá continuar en instancias superiores de acuerdo con los recursos previstos en la ley vigente en Colombia en curso.



